DESMALVINIZAR https://www.rodriguezberrutti.com.ar Sitio Web Dr. Camilo Hugo Rodriguez Berrutti Mon, 11 Jan 2021 23:06:43 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.3 11981913 MALVINAS – TRATADO DE LISBOA, CONSTITUCIÓN y RECURSOS NATURALES https://www.rodriguezberrutti.com.ar/405/malvinas-tratado-de-lisboa-constitucion-y-recursos-naturales/ Sun, 09 Aug 2020 22:17:32 +0000 https://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=405 08.08.2020

Del Dr. Camilo Rodríguez Berrutti Titular Cátedra Derecho Internacional Público H.R. UNCALP Profesor Emérito

Para instar a todos con el fin de acercar a las embajadas de los miembros de la Comunidad Europea a los deberes que convoca éste llamado

MALVINAS – TRATADO DE LISBOA, CONSTITUCIÓN y RECURSOS NATURALES

CUANDO LA UNIÓN EUROPEA ES COLONIZADA POR UNO DE SUS MIEMBROS, EL REINO UNIDO DOTADO DEL PODER DE VETO Y CONCURRE POR AÑADIDURA, A DISIMULAR UN CRIMEN INTERNACIONAL (delicta juris gentium) – SIN IMPORTAR LOS EFECTOS DEL BREXIT.

Venimos para rotundo apoyo al contenido de:

SOLICITADA DE LA MESA DE TRABAJO POR LA SOBERANÍA DE MALVINAS, SAN PEDRO (GEORGIAS DEL SUR; SANDWICH DEL SUR Y SECTOR ANTÁRTICO ARGENTINO Y AGUAS ADYASCENTES). 21.01.2008/Cuaderno 57 – act. 2019 pag.114-115.

Cuando luce, guía del camino, lo preceptuado desde la asamblea general de la ONU: (Res.2621-7) o sea: «Los Estados adoptarán medidas – mandato – destinadas a lograr una conciencia en el público de la NECESIDAD DE PRESTAR AYUDA EFECTIVA PARA LOGRAR LA DESCOLONIZACIÓN COMPLETA”

Los Estados Parte en el TRATADO DE LISBOA han incumplido, y afrentado ligera y también negativamente a obligaciones jurídicas de su responsabilidad internacional insoslayable que compromete a la paz, a la seguridad y a la justicia y al derecho internacional de los derechos humanos. Despierta, Europa cuando todos los actores en el patetismo de éste drama histórico han de tener muy presente a lo dictaminado por la AG/ONU 2621/7

Para un proyecto de orden político – jurídico diplomático – en vista de proveer solución a la cuestión que plantea el caso Malvinas donde aparece flagrante la quiebra a los deberes y a la buena fe por un Estado infractor – el Reino Unido – que viene perpetrando impunemente en oprobio de la Argentina y de la comunidad internacional, una anexión conseguida por la fuerza militar, con agravio a la población originaria desplazada violentamente y sustituida por habitantes provenientes de diversos orígenes del imperio, que implantó inmediatamente (tte Moody 1835) el régimen colonial, feudal, antijurídico, criminoso para instalar un poder y sus negocios y que rige hasta la fecha e increíblemente, cohonestado desde la comunidad europea!! esto ha venido a saturar al repertorio de extravagancias y desatinos concernientes a un caso de colonización a – histórica de una organización internacional por uno de sus miembros incurso además, en el avance sobre espacios de ajena jurisdicción que continúa con acuerdos incumplidos de devolución y recursos burocráticos ladinos e irritativos, CARTAS PATENTES, etc.

Referencias con apuntaciones cuasi novelescas – Objeción a las postulaciones británicas

Ellas vienen envenenadas por política tradicional, colonialista, tras la explotación de los hombres y de los recursos (FERNS) con apoyo de la fuerza militar, económica y del Estado.

I    Que se fundan en falsedad denunciada por constituir política cargada de inmoralidad desde informes propios. Como cuando cambian tus argumentos por equivocados y los sustituyen ligera y automáticamente por otros más convenientes y más prácticos; cuando falsifican mapas y documentos; y utilizan sin vacilación, históricamente el inmundo método de las «barreras» para separar, disolver y extinguir pueblos y naciones. Cuando incumplen contumacialmente tratados de paz para abusar del amigo después de haberle inducido a la confianza con tratados de paz y amistad, violados impunemente

II    han pretendido fundar en términos de derecho – ficticio – una usurpación instalada por la fuerza con la agresión sobre la población civil que fuera desplazada y sustituida injustamente, invocándose sobre la base de la prescripción y del derecho a la libre determinación han concebido una fórmula que no convence ni a ellos mismos ya que no puede prosperar un título invocado tardíamente, por razón de Estado desprovisto de los requisitos que el derecho internacional determina ni tampoco porque su origen fue en ocasión de un acto de agresión incalificable según la opinión de sus propios asesores. Que en cuanto a la libre determinación se descalifica por sí misma en Malvinas y que no resiste confrontación con el anhelo de paz y de justicia del mundo de hoy y de siempre

DESMALVINIZACIÓN

Es compacto riesgo para la integridad y dignidad en la República Argentina y también, para la paz y la seguridad internacionales y la justicia. Porque busca, por medios pérfidos y también poderosos la afectación, el desvalimento, la extinción de fuerzas, componentes sociales y materiales, incluso humanos, relacionados con el rescate de las Islas Malvinas.

Y el área de lo estratégico – jurídico no está exento de tal riesgo y tal peligrosidad.

Véase a título de ejemplo la exhumación de la conquista, como presunta posible argumentación ligadas a las tesis de frondoso operativo para la corona despegadas por WALDOCK, quien cobijado en su condición académica y en su rol de alto funcionario servil y atento al imperio, que le paga por sus errores ha pasado por alto una gruesa falla a sus deberes de no hacer incurrir a su propio Estado en responsabilidad al proclamar oficialmente información – falsa, parcial, fraudulenta – de que la República Argentina no tenía antecedente de soberanía antes de la protesta británica de 1827. Lo que fuera desmentido categóricamente y puestas las cosas en su lugar por el representante argentino. Lo quea su vez diera lugar a que el eminente jurista, consintiera plenamente, para despacharse no obstante lo crucial y decisivo de la cuestión, diciendo que esto no era relevante.

De aquí las siguientes acotaciones preliminares de ulteriores estudios:

a)    El Reino Unido no vacila en sustituir un presunto título por otro cuando lo aconsejan sus conveniencias (quiebra de la buena fe; fraude; cambio de las circunstancias y los de los hechos; prevaricación.

b)    Consigue que el hecho no pase de parece alternativa en la negociación, en el diálogo, para ganar impunidad y evitar mayor trascendencia al dislate;

c)    En el mismo orden de ideas, tratan de echar agua al molino: decía WALDOCK ante la Corte Internacional de Justicia que los territorios Argentinos – Australes eran res nullius!!; de el negaba, increíblemente el mérito, incluso la existencia de población argentina que brindaba oficialmente auxilio y reparo a los navegantes y náufragos en Puerto Soledad desde antes todavía de 1820, fecha del histórico acto por el que Vernet instaló el reconocimiento por numerosos capitanes de todas las banderas de la efectividad de su soberanía, que fuera proclamada desde 1811 con actos de administración en continuidad normal del imperio español (ute ossidetis)consecuencia – sucesión de Estados -de revolución legitimante, triunfante. El episodio de 1833 agrega para un epitafio la mácula de genocidio ocurrido y todavía impune y, como se ve «irrelevante» , pero se erige todavía, acusadora, hacia el clan sombrío que se integra a la pugna por desmalvinizar

d)    Ni siquiera fue publicada en la London Gazette, órgano oficial de la corona la Carta Patente de 1908 que hizo decir (vid. «LAW MAGAZINE REVIEW V serie. vol37,mayo 1912 pág. 326 s.s) «Compartía el criterio del Profesor Willing Balch contra la anexión motiva de tierras polares sin que hubiese ningún acto de ocupación efectiva” – Y, en su editorial decía que: «no podía admitirse el derecho de Gran Bretaña a grandes regiones de la zona nevada de la Antártida por el hecho simple de decir que son de ella. La Carta de 1908 dada por la corona declarando en forma señorial, hasta pontifical, el poder disponer de islas y tierras en el círculo Antártico es tan inepta en intención como no gramatical en su expresión, (mamarracho). Esta arrasadora anexión, sin la sombra de una ocupación efectiva y frente a un activo aunque intermitente uso por otras naciones (franceses, chilenos, noruegos y argentinos dedicados a la caza de ballenas en esa zona), tiene por supuesto, un valor municipal, si es que tiene alguno…la pretensión absurda de la Carta Patente de 1908 solo provoca una sonrisa. Ella va en la línea trazada más recientemente por Fitz Moris siguiendo la guía de gruesa parcialidad manifiesta del Profesor H. A. Smith que pasa por alto y por encima de todos los actos de gobierno argentinos con ostensible ejercicio de soberanía.

En pendant, también, con la amenaza consistente en el arbitrario uso continuado del poder discriminatorio a su favor sobre la COMMUNWELTH y de la C.E., del VETO de su, gestión en las Naciones Unidas conseguida en el Consejo de Seguridad donde ha ejercido con temible perfidia la explotación de nuevas tesis para cohoenstar apropiación furtiva de territorios, «por estar cerca”, por «posesión conceptual” o evocación lisa y llana de la conquista beneficiaría de «invisibilidad histórica”.

El comportamiento del Estado Inglés se da, entonces como si fuera el mundo entero «zona liberada” para la ambición por conquistar bienes y gloria por barras bravas y tahúres en un contexto de oralidad, virtualidad homeopática o conceptual!!

Y como si fuera posible conseguir a los británicos, la aceptación general – en la agenda argumental de la soberanía – del cambio delincuencial de los hechos y del derecho.

Es lo que hay

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Desmalvinizacion. O sea, gravosa pero habilísima maquinación, amenaza del poder colonial anglosajón a la Republica Argentina desde sus orígenes. https://www.rodriguezberrutti.com.ar/364/desmalvinizacion-o-sea-gravosa-pero-habilisima-maquinacion-amenaza-del-poder-colonial-anglosajon-a-la-republica-argentina-desde-sus-origenes/ Sun, 06 Nov 2016 12:23:30 +0000 http://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=364 PROPUESTA para módico addendum al magnífico documento elaborado en el seno del FORO PATRIOTICO EN VISTA DEL TRATAMIENTO INTEGRAL DE LA CUESTION DE LAS ISLAS MALVINAS.
Con pretensión de ofertar un repertorio sistemático de ítems significativos, en atención a la imperiosa necesidad de considerar a la mayoría del contenido crucial, diplomático, especulativo, directriz, que atañe al paquete de temas y sub temas a desarrollar bajo palio de DESMALVINIZACION.
Porque, es de tal importancia, complejo y, además, gravitante para el futuro de las negociaciones – que han sido descalificadas durante años, llamándolas simplemente conversaciones o diálogos – conseguir la cognición aproximada a tan monumental cuan sencilla ideación, que ese esfuerzo explicaría el tratamiento pormenorizado de los componentes históricos, estratégicos, jurídicos, geopolíticos, finalistas, económico-financieros, políticos y de varias ciencias sociales.
Es que, con los orígenes mismos y la instalación del poder colonial, imperialista, sin mas teles que el rédito para la corona y sus secuaces, las conveniencias y lo mas practico, aparecen indicios significativos en los términos y recomendaciones emanadas desde el FOREIGN OFFICE para poner en ejecución con hechos de fuerza y de practicidad bien estudiados, dotados de experiente caudal de apoyo oficial del almirantazgo, la secretaria de comercio y otras reparticiones anexas, incluso las fuerzas armadas. Que los señalamientos de Fitzmaurice, recomendando sádicamente – sentarse fuerte sobre las rocas y dejar de hablar con los argentinos – que nunca tendrían fuerza suficiente para oponerse – aunque no pudieran ellos, los british, los tener el caso ante un tribunal imparcial – cuando ya había dicho el primer ministro Palmerston yo nunca he visto las pruebas de nuestros títulos….-
Es que, también, desmalvinizar comporta puesta en acto de audaz cuan hábil y desprejuiciosa batería de ataque masivo a la solida posición de legalidad internacional argentina que ridículamente, por falta de promoción académica que venimos auspiciando desde siempre, padece ,justamente por falta de apoyo con la entrega unánime del segmento intelectual y del periodidistico que ha venido siendo inficionado, usurpado, copado, castrado, inhibido parcialmente – excepto en caso de grupúsculos y también individualidades, entidades beneméritas, patrióticas y bien inspiradas para una lid de alcance trascendente, que no produce rédito crematístico y de ahí una explicación dolorosa al ocio culpable de que venimos hablando. Defectos educativos, de políticas de Estado, que pone de manifiesto incluso falta de afecto a la vocación por el saber de los títulos de la justa causa de la Patria. El tema no es semántico, sino que el atañe al interés del enemigo-contradictor por apartarnos de la adhesión popular y por añadidura, del resto del mundo, de la opinio juris necesitatis al que aspiran continuar impresionando impunemente con argumentaciones capciosas, inconsistentes, o, francamente hostiles a la verdad histórica, y jurídica del caso. Como cuando, además de sostener estaban deshabitadas las islas en 1833, y para atenuar la gravedad de la imputación de agravio a un grupo humano victima de actos genocidas, niegan la presencia española y argentina en espacios de su ostensible pertenencia y ejercicio de ella. Es que se trata de un procedimiento de orden ecuménico, global, profesional de tahúres y perduelli, pensado y llevado a cabo con una tradición centenaria que radica en parecida raigambre criminosa como cuando, para destruir a sus adversarios competidores en los negocios mundiales oponen BARRERAS acudiendo a recursos diplomáticos, de espionaje, matrimonios de conveniencia, a la opresión económica y a la guerra. Es un punto bien estudiado en su magnífica obra póstuma por el Dr. Pablo Boggio Marzett. En el mismo orden de ideas, porque atañe al afán por permanecer, el culto a la tergiversación, prevaricadora, negando de facto la vigencia del derecho internacional de los derechos humanos pues no tan solo destruyo el hábitat y el destino de los argentinos residentes en las islas, sino condeno a sus continuadores, los así llamados KELPERS, a una sumisión no querida, de naturaleza colonial, con una finalidad politicista infame de largo plazo, de la que ha dicho un autor tan insospechable de argentinismo como FERNS ….INSTALARON UN SISTEMA COLONIAL PARA LA EXPLOTACION DE LOS RECURSOS Y DE LOS HOMBRES….A los sucesores, muy pocos de estas personas, asoladas por la desinformación sobre sus derechos y, también, acerca del derecho argentino sobre las islas y su entorno, se trata de hacerles decir que quieren seguir siendo británicos, lo que constituye un contrasentido con el derecho de la descolonización y con principios del derecho internacional. Pero, todo parece venir bien en la búsqueda de presentar una versión pro domo sua, que, aun con todas sus carencias y falsedades – no debe olvidarse la tradición inglesa para el engaño y la perfidia, tal las falsificaciones del mapa Schombugk para impresionar al árbitro pro british en el caso todavía abierto de la Guyana Esequiba por el cual Venezuela perdió extensa región en la Demerara, otro ítem se encuentra en la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia, Noruega v. Reino Unido, vencida con el deshonor de haber intentado quedarse con espacios pertenecientes a la sobrevivencia del pueblo noruego pretendiendo ignorar, siendo la gran potencia naval del mar del Norte la existencia de Decretos Reales que hacían ostensible la soberanía noruega y que no habían sido impugnados jamás, v.g. DESMALVINIZAR es instalar a manera de caballo de Troya una agente que por su relación familiar tiene condición inhibitoria, jurídica y moral con el desempeño de funciones atingentes al relacionamiento justamente con Inglaterra, v. g. lo es todo intento o pretensión, aun cuando no consumado a la perfección mediante el cual se trata de conseguir adherentes para las tesis del usurpador, sin reparar en el deshonor que implica el engaño o la superchería como cuando como cuando su artera diplomacia burlándose de la inocencia filial de los norteamericanos, haciéndoles el cuento del tío, cuento chino, haciéndoles creer no les convenía solidarizarse con la Argentina por la similitud supuestamente existente del caso MALVINAS con la pérdida del territorio de MEXICO a raíz del tratado de 1848 siendo que nuestro país jamás consintió por vía alguna la cesión de ese territorio, v.g. lo es cuando arguye nuevos títulos, con absoluto descaro en tiempos de Anthony Eden quien confesando explícitamente carecían de valor los argumentos utilizados hasta entonces proponía sustituirlos, frívolamente, ignorando principios del derecho internacional que garantizan a la buena fe, al reconocimiento de la aquiescencia, al ESTOPPEL, quieta non moveré, como si los recursos utilizados para ganar la confianza de otros ESTADOS pudieran soslayarse pro domo sua y como no escritos y quedara sin efecto tan fácilmente su presunción de verdad, una verdad francamente hostil a los intereses británicos y de ahí, entonces, el insólito acontecimiento, al que hemos dedicado estudios e investigación hoy acompañados brillantemente por los avances realizados con el genio y erudición del Lic. Santiago Tettamanzi, v. g. por la contumacia en acumular hechos consumados para satisfacción del designio materialista, utilitario, insaciable y absolutamente insolidario sustentado en poder y dominación despotica, centralizada y controlada desde el talamo imperial, con particular incidencia en la ambicion por apropiarse mediante los medios belicos a su disposición de aquellos espacios estratégicos para el comercio con oriente y para, también, nuevas conquistas en la America meridional, donde hoy se plantea con agudeza la cuestión en toda su magnitud y complejidad que no hace sino evidenciar la ceguera, inidoneidad y concupiscencia de aquellos funcionarios que, debiendo ponderar los riesgos en una evaluación desprovista de subjetividad pro británica para disponer en todo momento de una hipótesis de conflicto, se repliegan a las conveniencias de los negocios y de las canongias, de los perdones – waiver – a las empresas y sociedades de la corona y de sus súbditos. v. g . DESMALVINIZAR es percibida en la ambición por acumular hechos consumados concurrentes a debilitarnos como adversario permanente en lo material y concreto de los bienes, espacios, servicios, etc., pero, también, con vista a afectar síquica y espiritualmente al ser nacional, A LAS FUERZAS PROFUNDAS DE LA CONVICCION PATRIOTICA, para ejecutar la política que, sustentada en el poder remanente del imperio todavía da razón de su anhelo obsceno de dominación, colonialista y despótico, rancio e inmoral que juega para fines públicos y también para la caja de los primeros ministros – no olvidemos que fue determinante de la guerra el interés de la Sra. Tatcher de salvaguardar su patrimonio familiar comprometido por una posible nacionalización que, por el carácter colonial de la inversión podría no dar lugar a indemnización, que en tiempos del acuerdo de l772 los ministros especulaban con la expectativa de la guerra….que saber de las cosas es aprender de ellas – Sofocles dixit – v. g .mantener el reconocimiento a los acuerdos de Madrid, lesivos a derechos e intereses los mas valiosos para la argentinidad porque atañen al ejercicio pleno y libre de las competencias por el poder publico, cercenado en términos de compromiso concertado bajo la fuerza y nunca ratificado por la contraparte la que violando al orden internacional ha instalado – contrariando a la RES. PRO PAZ DE LA ONU – un baluarte de magnitud insolita en despliegue de poder militar activísimo que constituye por si, amenaza a la paz y a la seguridad internacionales. V. g. la omisión de oponer, ante la opinión publica mundial, aquellas lacras que adornan la gestión de re diplomática en la historia de Inglaterra, de entre otras, el desprecio al derecho de los pueblos a su sobrevivencia – caso de las pesquerías noruegas – su artera política de crear BARRERAS entre los Estados y para determinar el destino de naciones, de disfrutar del trafico de esclavos y, también, increíblemente, involucrado el Estado,el de estupefacientes…..siempre con el fondo del interés económico, financiero, gerencial, ha de recordarse el incendio del puerto de Copenhague – 1808 – hundiendo a casi cien – 100 – buques mercantes, pacificos, de países que no estaban en guerra con Inglaterra, solo porque eran competidores en los mercados, el hundimiento de la flota francesa durante la 2ª.Guerra Mundial, el incendio del Congreso de los ESTADOS UNIDOS – 1812 – DURANTE LA SEGUNDA GUERRA POR LA INDEPENDENCIA de la naciente federación, el ataque en banda con otras potencias incendiando los puertos de la CHINA para conseguir mediante los tratados de Nanking el dominio del trafico de estupefacientes por lo que se trata del primer Estado responsable de la infame practica……asi como en masacres y mutilaciones a población civil de lo que menudean hitos que nos resultan familiares porque ocurrieron en ocasión de las invasiones inglesas al Rio de la Plata llegando los desmanes al puerto de Maldonado y también, el caso de las tejedoaras de la India…….mas reciente y gravosa, la muestra de crueldad instalada fría e impunemente del contradictor, la Sra. Tatcher, dolosa y pérfida, decretando el hundimiento del crucero General Belgrano fuera de la zona de exclusión, con el deliberado propósito de abortar al proceso de paz que estaba gestionando el presidente Belaunde Terry.

 

Noviembre de 2016

Dr. Camilo Hugo Rodriguez Berrutti

República Argentina

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