Opinión https://www.rodriguezberrutti.com.ar Sitio Web Dr. Camilo Hugo Rodriguez Berrutti Mon, 11 Jan 2021 23:10:52 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.3 11981913 CRIMINALIDAD ENCUBIERTA AL DESCUBIERTO https://www.rodriguezberrutti.com.ar/403/criminalidad-encubierta-al-descubierto/ Sun, 09 Aug 2020 22:12:34 +0000 https://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=403 La Plata, 17.07.2020

Del Dr. Camilo Rodríguez Berrutti Prof. Emérito D.I.P./ UCALP

CRIMINALIDAD ENCUBIERTA AL DESCUBIERTO

Macri se opone a la entrega de sus teléfono a la Jueza S. de Cubría

Ignora que no puede hacerlo; porque importa, hoy más que ayer saber de los derechos que competen al individuo y también a la sociedad toda, por la amplitud y profundidad con que vienen revestidos junto a sus garantías, con el valor y peso de grandes convenciones, insoslayables y de otras fuentes del derecho internacional incorporadas en el texto constitucional vigente. (art.75 – inc.22)

De entre ellas, tienen su tiempo y caída aquellos instrumentos que, a tenor de las convenciones UNIVERSAL y, también, de la HEMISFÉRICA ponen en jaque a la corrupción, y a otros crímenes y sus secuelas, como el tratado penal de Roma los tratados de derechos humanos de 1968, la convención Interamericana – Pacto de Costa Rica – etc, etc., inbuídos de un NUEVO PARADIGMA EN CIERTO SENTIDO TRANFORMADOR PARA CONTROLAR AHORA DE CERCA AL PODER POLÍTICO AUNQUE TODAVÍA NO BIEN EXPLORADO (salvo el genio jurídico – social del sabio maestro Gordillo)cuando, omitiendo el acatamiento debido a PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO, de entre los cuales destaco a la buena fe, la confianza, la buena administración y muy especial y pertinentemente aparece la necesaria registración de LA EFICIIENCIA – CON TODOS SUS COMPONENTES INCLUSO DE POLÍTICA – LO QUE ANULA Y SANCIONA LA OPCIÓN ESCAPATORIA POR EL FUNCIONARIO EN EL SISTEMA DE INDEMNIDAD QUE COBIJABA A SU IMPUNIDAD Y LA DE SUS ECUACES

Toda una contribución, entonces, a las calladas con apelación al rico fruto de la abrogación

Siga su línea Dra. de Cubría y lea en sus ratos libres, si los tiene, nuestra CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE MACRI con más de 30 imputaciones por omisión reiterada, contumaciales, incurso en la persistencia de tribunales y leyes extranjeras en los numerosos juicios por la deuda externa argentina.

Al final, incluso de política – lo que anula y sanciona con relieve internacional a la opción escapatoria . Incluso mediante amparo moderno, irrestrictosin condicionamientos

Para apoyo de su dignísima gestión.

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Literatura Jurídica para Ilustración Cultural y Política con Viraje al Imperativo del Derecho Internacional, con Add. a Junio 2019 https://www.rodriguezberrutti.com.ar/393/literatura-juridica-para-ilustracion-cultural-y-politica-con-viraje-al-imperativo-del-derecho-internacional-con-add-a-junio-2019/ Mon, 10 Jun 2019 19:46:15 +0000 http://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=393  C.A.B.A., SEPTIEMBRE 2018 / JUNIO 2019

Literatura Jurídica para Ilustración Cultural y Política con Viraje al Imperativo del Derecho Internacional, con Add. a Junio 2019

Aquí, ideaciones a la búsqueda de conseguir sistematizar a segmento de la realidad cargado de vivencias viciosas que interesan y mucho a cuanto la comunidad espera para el bien común, y también para sus frustraciones. Dedicada a docentes, políticos, periodistas, militantes sociales, sindicalistas, intelectuales, artistas, militares y estudiosos en general. Con add indicativa y diversos estudios, antecedentes y consectario. Por criminosidad de la omisión y para tratar de evitar auge de la inflación y el éxito de la corrupción y del despilfarro en las finanzas públicas desequilibradas también por deudas no registradas con el exterior, con funcionarios -caso del autor c/HCDN- y con ANSES por aportes y salarios retenidos furtiva e ilegalmente.

CARTA ABIERTA al Presidente Macri – LIBELO – (1) y K (2)

SU INHABILIDAD, TÉCNICA, POLÍTICA Y MORAL PARA CONVOCAR A UN ACUERDO

Panfletaria – Documento Político – Consectario

Del

Dr. Camilo Rodríguez Berrutti

Profesor Emérito

Titular H. Cátedra Derecho Internacional Público UCALP

Ha sido: Profesor Extraordinario – Investigador UNLP – Investigador CONICET

Secretario de Comisión – Asesor Internacionalista (R) – Congreso de La Nación (HCDN); Investigador Científico -R- (CONICET); Autor de Doctrina.

Segregado -continúa- por política discriminatoria por edad, desautorizada, contumacial. Con cuatro fallos incumplidos.

Amicus Curiae

Vid. su estudio “Default intelectual y gerencial en la gestión de los bonos de la deuda externa”. Feb. 2005 (Rodriguezberrutti.com.ar) con varios libros y 200 artículos entre los 25 mejores del mundo (Lexis Nexix 2012) Idem A. R. Cilleruelo DELITO DE OMISIÓN Ed. Cathedra Jurídica 2015 “El Principio según el cual toda persona está obligada a evitar lesiones jurídicos cuando su conducta previa haya provocado el peligro” y “…si la omisión es una respuesta positiva del hombre, dominada por su voluntad, esa voluntad no puede ser algo conjetural, posible, pasa a ser una categoría cerebral de la realidad y no del pensamiento”.

LITERATURA CUASI JURÍDICA. HONESTA Y BELIGERANTE

PARA ANÁLISIS A GESTIÓN  DE GOBIERNO MACRI Y SU AFINIDAD CON EL FMI

EN LA PRESUNCIÓN DE VEROSIMIL IMPLICANCIA CRIMINOSA. ADMINISTRACIÓN COPADA, IRREGULAR DE LOS NEGOCIOS PÚBLICOS Y DE SU IMPUNIDAD.

DELITO DE OMISIÓN ANTE DESPOJO AL PATRIMONIO SOCIAL, CULTURAL Y ECONÓMICO DEL PUEBLO ARGENTINO SOMETIDO A CONDICIONANTES LESIVAS AL INTERÉS Y A LOS TÉRMINOS NACIONALES. ABAJO EL ABUSO DE PODER INCLUSO POR OMISIÓN, LA POSICIÓN DOMINADORA, LA QUIEBRA DEL DERECHO HUMANO Y EL DERECHO DEL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO QUE REPUGNA DEL USO IRREGULAR DE LA COSA PÚBLICA!!

PORQUE ÉL, PARECE HACER ESFUERZOS PERO ÚTILES ÚNICAMENTE PARA ACERCARNOS CADA DÍA MÁS A LA LÍNEA K. EN LA ADORACIÓN DE LA MODERNIDAD, DE LA BUENA ONDA, DE LA IMAGEN POLÍTICA, DEL MERCADO, DEL MODELO, DEL RELATO, DE LA DESUNIÓN ENTRE LOS ARGENTINOS, DE LAS IMPUNIDADES, DE LA INIDONEIDAD, DEL YO CREO…EN DETRIMENTO Y MENOSCABO DE DIRECTIVAS CONGRUENTES CON EL BIEN COMÚN.

DE AHÍ LA OMISIÓN EN SUS APARICIONES “DISERTACIONES” POR CARENCIA DEL MEJOR TRATAMIENTO DEBIDO A TEMAS QUE CONCIERNEN VISCERALMENTE AL PÚBLICO, AL PUEBLO SUFRIENTE. AMBIGÜEDAD Y LACONISMO, INDIGNAS DEL MOMENTO QUE IRROGA POBREZA, MISERIA, TRATO DEGRADANTE Y CRUEL PARA CUYO CONJURO NO SE OBSERVAN INDICIOS DE POLÍTICAS NI SIQUIERA INSTITUCIONALIZACIÓN DE UNA VOCACIÓN PRECAUTORIA TAN FUERTE Y NECESITADA COMO LA QUE RECLAMA FERVOROSAMENTE LA FALTA DE ALIMENTACIÓN, DE EMPLEO, DE VIVIENDA, DE APOYO A LA CULTURA Y A LA EDUCACIÓN PARA LAS ACTUALES Y LAS FUTURAS GENERACIONES O SEA PRINCIPIOS DE SUSTENTABILIDAD, PROGRESIVIDAD, HUMANIDAD, SOLIDARIDAD, JUSTICIA SOCIAL, DOTADAS DE OPERATIVIDAD Y TAMBIÉN DE URGENCIA.

OMISIÓN POR COMPORTAMIENTO CONTRADICTORIO, OBSCENIDAD Y TRUCHISMO DE DOBLE DISCURSO, IMPUTABLE DE ESTOPELL Y QUIEBRA A CONFIANZA, BUENA FE, Y RESPETO DEBIDO A PROMESAS AL PLEXO SOCIAL E INTERNACIONAL HOY EN LA CÚSPIDE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO FEDERAL, TAMBIÉN LAS DETERMINACIONES DECISIVAS DEL IUS COGENS Y LA AQUIESCENSIA.

ANTE VIOLACIÓN DE RESPETAR PRINCIPIOS Y PRECEPTIVA LEGAL DIRIGIDOS A EVITAR LA DESTRUCCIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. ESTÁ VIGENTE LA LEY DUHALDE.

AQUÍ: LITERATURA PARA OFERTAR Y ACERCAR EL ACCESO DEL PÚBLICO -CON PRETENSIÓN DIDÁCTICA SIN MATICES PARTIDISTAS.  CON UNA PIZCA AUTOBIOGRÁFICA PARA EXHUMAR ANTIGUOS AGRAVIOS EN LA HCDN POR ENFRENTAMIENTOS PERSONALES CON LOS GOBIERNOS K, YA ENTONCES EN LA LID POR EL REPUBLICALISMO INDEPENDIENTE, SOCIAL Y MILITANTE. A BASES CIERTAS DE SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, LEGALES E INTERNACIONALES HOY POR ENCIMA DE TODAS LAS DISPOSICIONES LEGALES LOCALES. (C.N. ART. 75 INC. 22 SUPREMACÍA DE LOS TRATADOS). QUE SANCIONAN PACTOS DE DERECHOS HUMANOS DE 1966, CONVENCIONES INTERNACIONAL Y HEMISFÉRICA CONTRA LA CORRUPCIÓN, INSTRUMENTOS DE LA OEA Y LA CIDH PARA OBSTAR AL USO DEL PODER DEL ESTADO CUANDO TRATA DE QUEBRAR LA AUTENTICIDAD DEL ACTO ELECCIONARIO PUESTO EN EL CENIT DE LAS DECISIONES.

OMISIÓN: de evitar al auge del lento y acéptico genocidio que produce el endeudamiento que incluye pagos de intereses e intereses omitidos de depósitos con el Banco de Inglaterra (pág. 32/33) que nos cobraba interés por el dinero que nos debían.

Por no informar debidamente sobre cómo habrán de cargarse los costos del ajuste; si afectando la capacidad de consumir las clases más vulnerables asoladas por la miseria y si seguirán eximidos de pasar por dificultades los más poderosos e influyentes, cuyos intereses se acumulan sin cesar mientras y en tanto se gestiona incrementándola, una deuda externa absolutamente impagable, en gran parte además de ilegítima y fraudulenta como lo ha demostrado un fallo judicial histórico – causa 14467 – incoado por Alejandro Olmos y que, elevado a la H.C.D.N. hace casi 20 años mantiene vigencia e interés para la conveniencia de los términos y los títulos nacionales.

Omisión de presentar explicando, al cuerpo social – poder- deber de informar – acerca de las tratativas concernientes a los compromisos asumidos con el Fondo Monetario Internacional, los planes, estudios, definiciones de política, alternativas y cálculo sobre refinanciamientos futuros, remisiones, waivers, disputas, tribunales, jurisdicción, arreglos, con vistas a evitar que por la mediocridad y el engaño se pueda conducir las finanzas públicas a una debacle anticipada, a otro default, preanunciado increíblemente, en las tratativas.

Omisión de respetar al principio directriz de orden democrático moderno, de acordar su sitio a la licencia social, participativa, para logro legitimante del gobierno, que va de la mano con la defensa de agresión al derecho al trabajo con su inherente dignidad, pero practicada con discriminación, y abuso del poder de dominación incluso afecta derechos de la sociedad toda comprometidos en la libertad de información y de pensamiento.

Omisión cargada de ilegitimidad, por falta de proceder en consecuencia de principios insoslayables, desarrollos de pro-homini, como progresividad, propiedad, solidaridad, derechos adquiridos, protector, pro laboratori y otros concurrentes a servir de garantías -defensa, cuando menos- para conservar el estatus, las condiciones económicas sociales y también de seguridad que deben prevalecer por su genuina juridicidad porque –se trata de derechos humanos sobre los que solo se puede legislar para favorecerlos, ampliándoles- profundizando su vigencia y su reconocimiento. La agresión a ellos está prevista en las convenciones contra la corrupción y en el Tratado de Roma.

Omisión criminosa por no evitar la pérdida de libertad para diseñar – vale decir crear, establecer- aplicación, sistemas y planes – con el fin de conseguir el ajuste que habrá de producir sabida y confesamente por acuerdo específico celebrado con el FMI mayores disgustos y destratos para sectores cada vez más extendidos de la sociedad que viene a abdicar de su más querido privilegio, la libertad consumida por el nuevo orden colonial que pretende instalarse con su pléyade de sumisiones, pérdida de autonomía, de autoridad para fijar destino y prestigio internacional.

Omisión de perseguir a fondo y hasta la cancelación de todas las impunidades y complicidades por la devolución de las inmensas sumas que asume la explotación del endeudamiento crónico del país para fines extraños al interés público y popular, incluyendo comisiones y sobreprecios.

Omisión por desconocer al imperativo ético político y jurídico de considerar los contenidos de la doctrina ESPECHE en vista de crear posibilidades reales para evitar la sumisión a los condicionantes y oprobios propios de la deuda externa, de su tratamiento y monitoreo por el FMI y la Banca Internacional, de la fuga de capitales, de las impunidades y la corrupción que le son inherentes bajo la agresión que constituye todavía, la prórroga de jurisdicción y de renuncia a la legislación nacional incluso a medios recursivos!! perpetrada mediante “acuerdos”.

Por no respetar garantías constitucionales dadas en la Carta política incurriendo en agresión y zozobra a la vida política de las provincias infringiendo dispositivo expreso -art. 122-  que inhibe, prohíbe a los miembros del Poder Ejecutivo Nacional intervenir en forma alguna en la elección y designación de funcionarios provinciales. Clara versión de atentado desde la cúspide del Poder a garantías de la seguridad jurídica, a la incolumidad de la Carta Política, al federalismo.

Omisión de computar en las cuentas públicas al sobre endeudamiento también de la familia, y su relevancia en el PBI, célula principal del Estado y de más de 150 mil sentencias de ANSES, cuyo destino está sometido al proceso criminoso de elevación unilateral de las tasas de interés auspiciados por la FED y el FMI como con toda su carga de anatocismo e inflación y que debieran ser refutadas. Esto revela una filosofía extraña al bien común, al deber de funcionario público, a las promesas de buen gobierno, al comportamiento deseado y debido de todo político.

Es para urgir el desguace de este trance rufianesco que se formulan estas ideaciones de reflexión y consectario político – jurídico a saber:

Deber

  1. De atender a cuestiones vitales de soberanía involucradas en responsabilidad internacional del Estado radicadas en la cuestión de las Islas Malvinas de las que pende la fortificación y eventualmente la erosión de la masa argumental como ocurre con el tratamiento a los capitales ingleses, a sus privilegios en la Patagonia y en la explotación de los recursos naturales en virtud de los acuerdos de Madrid que pugnan por decretar su abrogación y con casos específicamente ligados al tema de la recuperación de las islas – Davidoff vs. Reino Unido increíblemente postergado en la Justicia y en la Administración Argentina y en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  2. Deber de cumplir con la obligación jurídica, ética, democrática, de rendir culto a la verdad y a no contradecirse, a la buena fe, a las promesas electorales, de No tarifazos, ni despidos, ni más endeudamiento externo, si se busca conseguir la defensa eficiente del Hombre cualquiera sea la forma de producción.
  3. Deber de respetar el trabajo humano a la luz del inmenso plexo consagrado en grandes convenciones internacionales que son ley suprema de la Nación y que vienen en general con aval de la doctrina social de la iglesia, sobre todo en punto a respetar su continuidad y progresividad lo que pone de relieve una nota disvaliosa del acontecer fáctico de nuestro gobierno. Así, se apoya en la política que reposa en despojar a grandes segmentos del cuerpo social de bienes y derechos adquiridos y en vías de consumación como sueldos y jubilaciones, y por ende, se tornan ilegítimas las medidas adoptadas y también  las desregulaciones, omisiones deliberadas para, justamente, tratar de imponer la tabla rasa del imperio de lo más conveniente -para ellos- y para lo más práctico y jugoso como ser ANSES y otros entes.
  4. Deber de omisión de planes y proyectos nacionales que escapen al interés malsano del candidato y su cohorte de acólitos que sean elaborados con la dignidad académica inherente a todo propósito gubernamental fundado de acuerdo con las directivas que vienen al país desde grandes construcciones de la intelectualidad y la política, a saber: principios de precautoriedad, de estudio de alternativas, de consecuencias, de estabilidad, de confianza, de respeto a valores, a principios generales del derecho, de ética, de tradiciones, de anhelos patrióticos y sociales.
  5. Deber de informar sobre bases, estudios y circunstancias concernientes a tratativas con el FMI cuya tramitación por su celeridad, desesperada urgencia, falta de organicidad, planificación y fuerza jurídica y política, aparece envuelta en oscuros presagios.
  6. Deber de gestionar para salvaguardia del emblema dinerario nacional -caso de la compra masiva de dólares- y del acuerdo en ciernes con el Fondo para cuya negociación no se ha dispuesto información pública sobre capacidad de repago.
  7. De liberar la Plaza de Mayo en ocasión de las fechas Patria y de impedir el copamiento de la custodia de ella y de los edificios emblemáticos por soldadesca y medios militares de potencias decisivas en las finanzas mundiales: EEUU e Israel. (de los diarios  e internet).
  8. De censura, castigo, destitución, dar de baja, a ministros incursos en actos de inconducta funcional, incluso deshonrosa, punibles bajo el sistema de Convenciones Hemisférica y Universal contra la corrupción.
  9. De prevenir circunstancias del acontecer en economía, finanzas, política, prefiriendo opinión de augur, la inmediatez, la moda, la modernidad, el agio, la usura y el desempleo apenas disimulados.
  10. De someter la gestión pública al imperativo del derecho internacional público incluso por ius cogens que impide de afectar derechos adquiridos, por imperio de la sustentabilidad, la integralidad, pro-homini, y la seguridad material y jurídica que son parte de nuestra Constitución Nacional y del sistema de vida como los sueldos, jubilaciones y pensiones.
  11. De respeto a jubilados y pensionistas, de respeto al 30% de pobres. Existe la obligación insoslayable de erradicar la pobreza, obligación de respeto a la naturaleza humana.
  12. De racionalizar la aplicación impositiva, la actividad financiera especulativa, a la industria minera, a la pesquera, a la intermediación, a los monopolios, a fin de aplicar el principio Precautorio N° 15 de la Conferencia de Río.
  13. De respeto a la soberanía territorial comprometida en intimidad con John Lewis, agente británico, poseedor de establecimientos estratégicos en la Patagonia, donde Él suele reposar.
  14. Al incurrir en el denostado doble discurso de un modelo y un relato mediáticos en el engaño, en el desprecio a la buena fe y a la sana doctrina de los actos propios.
  15. De atender a alternativas -las que están en preceptiva de derechos internacionales aplicables- para el incremento de tarifas, disimulado en el falso argumento sobre falta de financiación de ciertos proyectos de la oposición.
  16. De estudio y consideración del contexto y repertorio internacional en punto a solución de crisis donde aparece una tesis de Japón, no mover nada en ciertas coyunturas.
  17. Omisión contumaz a trato razonable, justo, proporcional, al público consumidor privado de anticipaciones.
  18. De aceptar cumplir con el deber de solidaridad, protector de la vida y la salud y el desarrollo individuales afectados gravemente por la política tarifaria de los servicios públicos donde se percibe la inidoneidad para el manejo de la cuestión social
  19. De ponderar alternativas señaladas desde grandes pactos respecto a tarifas pero con ajustes contemplando a las circunstancias.
  20. Omisión, en fin, del deber de acatar y hacer respetar y cumplir con el derecho vigente que está en un sincretismo, aceptable por su modernidad, radicado en los conceptos que vengo a presentar para su manejo en vista del bien común, de la buena administración, de la pública felicidad, reclamada desde la Constitución de Virginia en los EEUU en el siglo XIX, desde nuestra carta política -Tratados por encima de todo art. 75 inc. 22 y para recordar si alguna vez llegó a su conocimiento -que al poder compromete en los términos de la Carta Magna de 1315 y también del más rancio derecho hispánico con preceptiva histórica: “Sereis Rey si bien ficiereis, e si non, non”, que ha inspirado, sin duda al texto de la Declaración de París, 1948, Derechos Humanos que es ley suprema del Estado, cuando desde su Preámbulo (III) garantiza el Derecho de los Pueblos a la resistencia ante la opresión.
  21. Omisión y comportamiento contradictorio, de doble discurso – Imputable de mala fe, “estoppel”- Confianza, buena fe, respeto debido al plexo social y al internacional  hoy en la cúspide constitucional del Estado que consagra al Hombre en la cumbre de las consideraciones.
  22. De respetar principios y preceptiva legal dirigidos a evitar la destrucción de puestos de trabajo. C/N – ley 2556 Art. 16 –
  23. De abordar con medidas idóneas los actos de corrupción generalizados

POR EVITAR, ELUDIR, EVADIR.

  1. Sancionar a típicos fraudes laborales y a la ANSES como aquellos que se vienen arrastrando desde 1992 en la H.C.D.N. por haberes impagos de diferencias de sueldo y, también, por restitución debida de alto cargo técnico, a raíz de cuatro sentencias sucesivas contra cesantías ilegítimas, dirigidas desde el PEN en asociación ilícita, prevaricato, corrupción e impunidad en agresión alevosa y discriminatoria para quien, por edad y crítico del sistema, del relato y del modelo de gobierno K, todavía se encuentran congelados, con violencia moral y hostigamiento con amenazas e intento de asesinato, accidente de trabajo con fractura de columna. (vid. del autor en Hotmail: [email protected]
  2. De poner en vigencia y operatividad principios generales de derecho que garantizan a derechos humanos vitales, laborales, sociales, culturales, políticos: v. g. sustentabilidad, progresividad, pro hominis, integralidad del mundo jurídico, defensa, impulsión, razonabilidad, equidad, igualdad, justicia, inviolabilidad, etc. que consagran el paradigma de la protección efectiva, permanente, incólume, imprescriptibles por ser inherentes a la naturaleza humana y por ende son ilegítimos todos los intentos por limitar, erosionar o eliminar logros, niveles, status conseguidos legal y pacíficamente por las personas o los diversos segmentos sociales.
  3. Por no poner en acto al principio precautorio, a la evaluación de impacto, motivaciones, consecuencias y efectos de todos los actos de la Administración para eliminar o conjurar prácticas incursas en despilfarro, fraudes y toda modalidad de corrupción e impunidad que radica en evadir, deliberada y pérfidamente el reconocimiento y ajustes según la prescriptiva suprema que se expresa por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas cuando dice: “…el ejercicio de los derechos básicos de la población de los países deudores ……. No puede subordinarse a la aplicación de políticas de ajuste estructural, programas de crecimiento y reformas económicas adoptadas a causa de la deuda”.
  4. El tratamiento del caso resuelto por el Juez Ballestero donde quedaron probados 470 o más delitos cometidos en ocasión de la deuda externa y que se encuentra archivado en la H. Cámara de Diputados de la Nación protegiéndose así a los protagonistas de cruel y odioso fraude, inmenso, perpetrado contra la Nación entera para poner al país de rodillas con su amenaza más que virtual, efectivizada de miseria, enfermedad y muerte.
  5. De emitir la debida acreditación de capacidad de repago en ocasión del acuerdo leonino de adhesión con el FMI y otros compromisos contraídos furtivamente.
  6. De explicar informando al cuerpo social, acerca de las tratativas concernientes a los compromisos asumidos con el FMI, los planes, estudios, definiciones de políticas, alternativas y sobre refinanciamientos futuros, remisiones y waivres, disputas, tribunales, jurisdicción, arreglos, con vistas a evitar que por la mediocridad y el engaño se pueda conducir a las finanzas públicas a una debacle anticipadas, a otro default.
  7. De respetar al principio, directriz, de orden democrático, moderno, insoslayable, de acordar su sitio a la licencia social participativa e inclusiva, en vista del logro legitimante y de gestión de gobierno, que rechaza la agresión del derecho al trabajo, con su inherente dignidad practicada con discriminación, alevosía y abuso del poder de dominación incluso afectando gravemente a derechos de la sociedad comprometidas en la libertad de información y de pensamiento, deviene en caso recentísimo de despidos masivos, crueles, impiadosos en la agencia Telam sin consultar al deber de prioridad constitucional de la idoneidad y el requerimiento de acreditar necesariedad originaria de cada nombramiento.
  8. De perseguir a fondo y hasta la cancelación de todas las impunidades por la devolución de las inmensas sumas que asume la explotación del endeudamiento crónico contra natura del país.
  9. De ordenar el estudio de las consecuencias inmediatas del empobrecimiento en el incremento de los índices de vulnerabilidad de los sectores sociales postergados en especial de la niñez, la juventud, la ancianidad.
  10. De considerar la quiebra a la confianza pública de los inversores ante la acumulación de hechos y acontecimientos que vulneran al principio de la buena fe, a la buena administración, a la confianza, constitutiva de bases sólidas para la relación y el crédito internacional, quebrantada por el avance incesante del riesgo país.

Rechazo de gobierno Pro a mi propuesta, impecable, direccionada a eliminar causas de corrupción en materia de uso impropio de Deuda Externa concedidos por el B. M. prefiriendo beneficiar a firmas  Transnacionales sin confrontación de méritos ni experiencia en cantidad de gestión -caso urbanismo- CABA, préstamo reciente para obra monumental.

  1. Omisión de definir la importancia dominadora, manipuladora, del factor financiero, bursátil crematístico, negocial, de intermediación, de lobbies enquistado bajo cobija de la crisis llamada económica, pero que utiliza en proporciones exorbitantes a los componentes sanos de la economía real para beneficio espurio de grupúsculos cercanos al poder consolidados por decisiones a su medida como para la liberación de réditos, de dólares, de intereses; la exención o reducción tributaria a segmentos privilegiados (minería, bancas, financiamientos, pesca, intermediación, consultoras, etc.).
  2. De examinar reflexiva, técnicamente, y en vista del interés nacional cada medida dirigida al segmento financiero donde se juega además, con dinero ajeno y está de por medio informar sobre el definanciamiento – faltante, de equivalente al 80% de las reservas del BCRA y a la totalidad a los préstamos al sector privado (ESPERT) denuncia 04/07/2018 TV.
  • Omisión de informar sobre el interés nacional seriamente involucrado en actuaciones vinculadas con Barclays y Banca Británica de Inglaterra, expoliadoras en nuestros espacios marinos adyacentes a Malvinas y empresas implicadas en la explotación petrolera y gasífera por el Reino Unido.
  1. De omisión sobre las condiciones determinantes de dominación contenidas en acuerdos típicos de adhesión, leoninos reincidentes en errores de otros gobiernos.
  2. De advertir sobre el riesgo que para la cohesión social y las instituciones irroga el momento político más allá de la imputación a los protagonistas de la crisis, cuando el poder viene disponiendo de su utilización con de todos los medios.
  3. Omisión de desconocer al derecho de cada argentino de saber de qué se trata, garantía constitucional por encima de cualquier dispositivo legal.
  4. De hacer abstracción de la delicada situación de la que atraviesa el plexo diplomático – político en torno a Malvinas agravado por su erosión institucional – pérdida de jerarquía en un acto premeditado de desmalvización, en la estructura ministerial.
  5. Omisión por desaplicación irrespetuosa al deber de proveer seguridad jurídica y material inherente a vigencia y operatividad de libertades, derechos, valores y garantías concretados y reconocidos a partir de grandes Convenciones Internacionales y que son representados en la licencia social, en la evaluación de buena fe, del impacto, de alternativas,  de circunstancias, de consecuencias, de ideas progresistas, de sumisión al orden legal establecido y sobre todo, en la percepción de la naturaleza humana titular de los beneficios de la organización político social del estado democrático de derecho en términos tan imperativos como que tienen respaldo por ser de Ius Cogens. En el seno de la comunidad internacional organizada y sobre cuya relevancia ha dicho el Presidente de la Corte Suprema Dr. Lorenzetti al propugnar: “no dejar en la impunidad las graves violaciones a los derechos humanos…para lo cual debe disponerse que la unidad de superintendencia de delitos de lesa humanidad supere las dificultades operativas”.

¿DÓNDE ESTÁN LOS HABERES DEL DR. RODRÍGUEZ BERRUTTI?

  1. Omisión de considerar propuestas honestas y bien pensadas como las que hiciéramos llegar en forma directa, para abrogar causas de la inflación – desmantelar el anatocismo porcentual sobre precios en lo particular, tarifazos de nafta y alquileres.
  2. Omisión por no dar a conocimiento del público que Amado Boudou aprobó una carta convenio por la que designó al Barclays Bank -agente británico “coordinador global” en el proceso de restructuración de la deuda externa argentina, lo que no ha cambiado!!.
  3. Omisión por carecer de ideas, planes, conciencia, autoridad moral y legitimidad para comprometer al país ahora nuevamente con las directivas del FMI. Recuérdese la evasión de capitales, intereses, recursos naturales, humanos (en emigración) por desconocer, perdonando a los gobiernos K, cantidad de agravios, actos de corrupción, prevaricato, fraudes, que lleváramos ante el Papa Bergoglio en exposición motivada en situación ruinosa de la sociedad y en especial del docente universitario.
  4. Omisión de realizar ajustes y transformaciones que hoy son aplicados manu militari del FMI y que hubieron de ser vigentes antes y en plenitud de la aptitud del gobierno, que así ha venido a adoptar decisiones no tan solo inconvenientes sino también violatorias del orden constitucional, tutelar de la libertad de todo poder extranjero.
  5. Omisión cargada de complicidad por no crear mejores recursos a fin de sancionar despilfarro, fraude, prevaricato, delitos de corrupción, incautación e impunidades de los gobiernos K a los cuales ya me refería en proyectos elevados a la HCDN.
  6. Omisión por no evitar la indebida asignación de roles, prefiriendo la improvisación, los apostadores de la suerte y el azahar, tahúres que lucran con fortunas ajenas y lo hacen al influjo de decisiones que les benefician, que sirven simultáneamente propios y a la ADMINISTRACIÓN, que evaden al sistema impositivo, simples contadores, comerciantes y expertos en estadísticas, en modernidad, censos, management y pronósticos agoreros para aconsejar y resolver lo que debiera hacerse con estudios serios para problemas políticos, estratégicos, económicos, financieros, sociales, internacionales, de inflación y corrupción…personas que no alcanzan a disimular con su inteligencia su alianza estratégico-histórica con ideología transpersonalista, del ultra liberalismo que para nuestro caso puede tornar insustentable al sistema político social instalado como pragmática de los derechos humanos en grandes convenciones universales y hemisféricas que forman parte esencial de la Constitución Argentina Democrática.
  7. Abstenerse por no exponer programa creíble que incluya plan de crisis para conjurar los efectos de la inflación en su inextricable relación con la DEUDA, a lo que hemos concurrido con propuestas en la línea de Héctor Giuliano, de Alejandro Olmos, Eduardo Lualdi, de los Doctores Espeche Gil, Acerbi, Julio C. González y otros estudiosos beneméritos como Lucio R. de Gallarreta y Silvio Coppola, miembros del Foro.
  8. Omisión de resolver en justicia administrativa en casos difíciles y también de absoluta sencillez aunque -con carga política- como, basta en los ejemplos de cuestiones suscitadas contra el estado y de necesaria resolución célere positiva y directa I) Caso Davidoff que al interés de su titular, en espera desde 1982 ser indemnizado, viene con el mérito de constituir un aporte cierto a la causa Argentina en Malvinas; II) la situación del Dr. Camilo Rodríguez Berrutti, Profesor Emérito a quien se cesanteara en cuatro oportunidades violando sentencias cautelares de su cargo y funciones; alto funcionario internacionalista, Planta Permanente, Secretario de Comisiones, doctrino, independiente, pensador, crítico del modelo y de su relato en un caso delictual protagonizado por organización liderada por CFK que se constituyó para perjudicarlo en venganza y para destruirlo como opositor a su viciada candidatura senaturial,  desconociendo su personalidad profesional con vacío y silencio absolutos ante sus gestiones personales e institucionales, condenado por el poder a sacrificio durante años, donde no faltó el atentado de asesinato en el edificio de la HCDN, jamás investigado por sus autoridades y direccionada en banda, con el correr de los años y las complicidades continuadas de los Presidentes de la HC Pierri, Camaño, Ballestrini, Dominguez, Fellner, y ahora Monzó.

Además en el colmo de la saña y la impunidad se ha eludido, evadido, la urgida restitución con haberes y aportes y el pago de diferencias de sueldos avaladas por el Defensor del Pueblo y autoridades de la HC reiteradamente, como lo fueron las reclamaciones del autor todavía infructuosas por cuanto ha perdido su empleo -Planta Permanente- y el reconocimiento de apropiada indemnización por pérdida de chance -a un paso de Director y del proyecto de vida-. Se pretende obstruir el proceso que conduzca a la satisfacción de la justicia por consecuencia de la invocada e irrita prescripción, la que fuera protagonizada y creada justamente mediante el silencio, aquiescencia que nunca puede favorecer al Estado en estos casos; menos todavía, cuando el titular ha gestionado activa y continuamente en pro de salvaguardar sus derechos. Afecta a la seguridad jurídica, elemento esencial del Estado de derecho (CSJN).

Omisión de explicar la promesa hecha, de elevar tan solo el 10% la inflación futura cuando viene -bajo el imperio del FMI- de dejarla bien establecida en el 30%. ¿Por qué no la bajó entonces, con las mismas razones?

Omisión de investigar la gestión de entre otros infractores al orden jurídico institucional para aplicar justificadas sanciones, astreintes y multas por infracciones todavía mucho más graves que las destinadas por el PEN a las molestias ocasionadas por actividad normal gremial.

Omisión de gestión para salvaguardia en general del acervo cultural e idiomático desacreditado por discurso y disertaciones cargadas con vacuidades, puerilidad y carencia de contenidos conceptuales y definitorios a tono con los gravísimos temas aludidos y también dejados fuera de tratamiento.

Omisión por no contribuir con todo los recursos del poder público a superar consecuencias y vigencia de un desorden administrativo y financiero, institucional y moral instalado ostensiblemente y con síntomas de cohonestación para la deuda externa, para su continuidad a expensas del pueblo sufriente. Mientras, y en tanto el fallo del Juez Ballestero continúa olvidado y omitidas sus fundamentales consideraciones.

Omisión en vista de importante segmento que hace a defensa de soberanía del Estado de controlar y registrar contablemente a los recursos naturales del país.

Omisión de disponer vigorosamente para tratar de resolver las causas de la crisis social, a puro sufrimiento por trato degradante miseria de que da cuenta las ferias que proliferan en barrios de Buenos Aires, en el conurbano y en provincias donde se trafica de todo, incluso virtudes y comida con fechas vencidas.

Omisión de dar a conocimiento público del sentido, contenido y proyecciones de las REFORMAS ESTRUCTURALES PACTADAS con rango de inviolables y en beneficio de la contra parte en acuerdo – Pacto de adhesión irrisorio y subalternizante con el FMI –

A esta altura cabe preguntarse ¿Qué multa habría de aplicarse por tantos y tan serios incumplimientos?

Porque ha de imputarse la omisión de RESPETO al querer, sentir y anhelar de una comunidad multirracial todavía poseedora de virtudes y valores que vienen siendo desconocidos como  la igualdad,  compasión, la buena fe, la precautoriedad, la razonabilidad, el derecho adquirido, la legalidad, la equidad, la dignidad, el trabajo, el matrimonio, la amistad, el dialogo, el consenso, la democraticidad, la comprensión,  la piedad… la pléyade de conocimientos aquí expuestos. Y que constituyen por ser el saber, la fuerza nutricia de la Nación. (Kelvin Toffler).

Omisión del deber de ejecutar la legalidad imperante en materia de recursos y beneficios de los sufridos jubilados y pensionados de que da cuenta la Nación 24/07/2018 pág. 8 Política con los siguientes titulares y texto, a saber “Pese a la inflación el Gobierno congeló el tope de devolución del iva para los jubilados. Mantuvo el límite de reintegro en $300 a pesar de que la ley ordenaba actualizarlo cada 6 meses según la evolución de la canasta básica de alimentos (esto fue así aunque ya habían calculado pagar 17 mil millones de los que solo erogaron 2 mil). Destruyendo al deber de acatar al orden jurídico.

Esto ocurre mientras y en tanto se incumplen obligaciones concertadas internacionalmente respecto de la no apelación de sentencias contrarias a la ANSES con la CIDH. Violación de Tratados!!.

¿DÓNDE ESTÁN LOS HABERES DEL DR. RODRÍGUEZ BERRUTTI?

Omisión que por ignorar dolosamente la caída en el consumo de cemento y en el recorte de la obra pública radican fuertes causas del negro futuro económico local por lo que viene siendo enjuiciada LOMA NEGRA en el juzgado de New York por denuncia de inversores de Wall Street, al ocultar información habrían inflado los precios de la emisión. Viveza criolla, pero omisión que se paga.

Omisión del deber del Poder Ejecutivo, de sus conductores, de crear atmósfera y baluartes para el derecho de la constitución del Estado, con políticas y actos congruentes con su dispositivo que hoy son negadas – con el auspicio de concentraciones monopólicas, del mercado fruto de la fusión y otras maniobras – como viene a demostrase ostensiblemente en el rubro de las telecomunicaciones (caso Televisión – Telecom Argentina, vid Ámbito Financiero 24/07/18 Ec. pág. 7).

Omisión por sustraer del conocimiento público – el silencio también se paga – que los CDS – (cobertura contra una eventual cesación de pagos – default – de activos duplicaron la tasa que pagan por la cobertura en sólo siete meses (vid A. F. 14/07/18 Ec. pág. 13).

Omisión por indiferencia ante la bola de nieve que viene gestando el gobierno con riesgo de pago y el escaso margen que tiene para desactivar la bomba de LEBAC (letras del BCRA) (A. F. 14/07/17 Ec. Pág. 13). Sin perjuicio del compromiso inminente de 10 mil millones de dólares cuyo vencimiento ocurre el presente año y que produce escozor en los inversores y en todos, menos en los responsables del entuerto habituados al manejo impasible de sumas escalofriantes de dinero ajeno… Cuando – estimaciones de la Universidad de Avellaneda – el acuerdo con el FMI ofrece aún, un claro desmejoramiento socioeconómico que se monta sobra la base de un escenario más endeble todavía que años atrás. Cuando aparecen cálculos estrábicos y signados de impericia cuyos desajustes se miden en cerca de 100 mil millones de pesos!!.

¿DÓNDE ESTÁN LOS HABERES DEL DR. RODRÍGUEZ BERRUTTI?

Omisión por no experimentar el sentimiento de pérdida de libertad y sus consecuencias sobre la autonomía de las decisiones y la debida sumisión al derecho internacional que repugna del colonialismo omnipresente en un caso de opresión institucional flagrante, alevosa, por un poder internacional el FMI, con pésimos antecedentes incluyendo la República Argentina en el trámite de cuyas crisis ha quedado el registro de presencia y gestión nefastas, su influencia preñadas de delictuosidad, tráfico de influencias, complicidad con evasión de divisas, etc. etc., reconocido por sus propias autoridades!!.

Omisión de ajustarse y cumplir con el deber que impone el principio de progresividad – protector, solidaridad, pro homini – de conservar y mejorar continuadamente las condiciones de la existencia humana y de la familia. Cuando por un compromiso con el Fondo se prevee que en el 2020 los precios que los usuarios paguen por el gas natural cubran el 90% del costo de producción contra el 80% del año pasado. Para la electricidad el extracto del consumidor es más gravoso: del 60 al 90%.

Omisión de producir política precautoria y significativamente propia de esta suerte de criminalidad por no hacer, abstracta, furtiva, sibilina,  propia de delincuentes de cuello blanco y cuya importancia por magnitud y gravosidad acrecienta, en tiempos de crisis financiera -económica – social, en la que vivimos. La caridad bien entendida es la que comienza en casa pero la irritación comienza con el conocimiento del agravio. Aquí la omisión adquiere protagonismo cuando se desconoce a la alternativa, una forma larvada de omisión. Y la desregulación aparece entonces como instrumento manejable por la arbitrariedad y también, la impunidad, la desigualdad.

Omisión de abordar integralmente al problema suscitado por la crisis de la deuda externa antes de que se constituya en absolutamente inmanejable dado los compromisos – cantidad de ellos ilegítimos y por ende susceptibles de nulidad lo que requiere atención de ciencia jurídica y voluntad política – que amenazan al futuro junto con las tasas crecientes unilateralmente creadas, el anatocismo, el prevaricato y la legislación extranjera que pende como la espada de Damocles sobre la Argentina y quienes debieran ser sus salvadores.

Omisión de cumplir con la obligación – deber de las autoridades públicas de abrazar como una justa causa lo concerniente a no seguir siendo víctimas del oprobioso sistema que rige para las acreencias internacionales instalado a expensas de la humanidad. Para ello una opinión consultiva debiera recabarse de la Corte Internacional de Justicia para que deje bien establecida las pautas sociales, económicas y de orden que contemplen a los intereses de los pueblos con el profundo sentido en aras de la ética, la espiritualidad, la moral y los derechos humanos para que nada pueda obstar y condicionar una gestión pública destinada a servir a genuina cooperación internacional en orden a lo provisto en la doctrina Espeche.

¿DÓNDE ESTÁN LOS HABERES DEL DR. RODRÍGUEZ BERRUTTI?

Omisión de asistencia a la vida, a la salud, a la felicidad de disfrutar los bienes de la sociedad republicana democrática cuando se da – ante la indiferencia de los gobiernos que manejan para su beneficio, miles y miles de millones U$S – situaciones degradantes extremas, de exclusión, de persecución por ser pobres, indefensos, olvidados como los 15 niños y su abuela refugiados en los frías lápidas de la CHACARITA.

Omisión de atender mínimamente, atendiendo al derecho de licencia social, de respuesta, de legalidad, pro homini, cuya operatividad es reclamada por pueblos originarios, aborígenes, portadores de valores y buenas costumbres, por héroes de Malvinas, por otros segmentos respetables de la sociedad sufrientes que con sus acampadas revelan un estado de cosas absolutamente inaceptable.

Omisión de producir política precautoria justamente de esta suerte de criminalidad por no hacer, abstracta, furtiva y sibilina, propia de delincuentes de cuello blanco cuya importancia por magnitud y gravosidad acreditan en tiempos de crisis financiera, económica, social, como la que vivimos; aquí la omisión adquiere protagonismo que excede lo pedagógico y lo alternativo para constituirse en un componente real y eficaz en la gestación de la crisis.

Omisión por no ejercer el poder – deber del rechazo a la renuncia del ex juez Oyarbide, quien venía acreditando profusa acumulación de acusaciones para su procesamiento, facilitándole así su impunidad y conservar los beneficios de una exorbitante jubilación.

Omisión de disponer por el conocimiento y la aceleración respetando la separación de poderes sobre casos concretos y sabidos de cohecho, malversación, fraude, prevaricato, etc. hoy en la palestra y revelados en gran parte gracias a la gestión periodística.

Omisión por abstenerse de dar directivas para que sea tenida en cuenta en investigaciones genuinas la matriz delictual con operatividad en banda de las contribuciones a la campaña por constituir flagrante quiebra a principios bien establecidos que procuran garantizar los procedimientos electorales con el mérito de igualdad de oportunidades, del respeto a la libre voluntad del sufragio, del no abuso del poder financiero, económico, de medios, etc. para que los resultados sean auténticos con el aval de grandes Convenciones.

¿DÓNDE ESTÁN LOS HABERES DEL DR. RODRÍGUEZ BERRUTTI?

Omisión de inspirarse en pautas de alta política, guía hominizante para una cultura elemental del ejercicio del poder, como la “política de piedad” y de “identidad entre gobernantes y gobernados”. Para evitar que se derramen sobre la democracia argentina el inmenso peso de la contaminación autoritaria  e influyente de la tradición británica, o sea el “The King can do not wrong”, con su carga de importancia antirepublicana y pérfida.

Porque ¿DÓNDE ESTÁN LOS HABERES DEL DR. RODRÍGUEZ BERRUTTI? Y el control que debiera el FMI ejecutar sobre las finanzas de la HCDN?

add. Sr. Presidente Macri, lo que hacemos o dejamos de hacer, en este mundo IMPORTA. Porque no es lo mismo la vida cambalache, embaucador que aquella, ejemplar de un buen padre de familia.

Usted nos ha puesto contra la pared!!

En fin: REFLEXIONES FINALES del Dr. Camilo Rodríguez Berrutti

-En lo concerniente por desafuero de CFK: hubo cantidad (mayoritaria, valiosa, de mujeres) manifestando su censura y repugnancia masiva a las vicisitudes de la corrupción.

-En las demandas prevalece -casi insólito- el reclamo por OMISIÓN de devolución de lo robado, pero queda pendiente reclamo del  daño cuando por persecución, discriminación, tentativa de homicidio, asociación para delinquir y aparece como ser jefa CKF, organizadora de cinco sucesivos presidentes de la H. Cámara de Diputados de la Nación direccionados para eliminar  con rencor acumulado contra adversario político que había desafiado su candidatura senaturial y desinvestir de su cargo y funciones violando cuatro sentencias -Justicia Federal favorables- al Dr. Camilo Rodríguez Berrutti. Quien, él, todavía, aguarda su restitución, chocando con el empecinamiento de E. Monzó, escudado en doctora apoderada que invoca poderes indelegables y, por tergiversar los hechos y el derecho, negando los reclamos documentados y profusos sobre derechos vigentes sobre fondos generosamente proveídos , viene incursa, verosímilmente, en prevaricato y abuso de poder, cuando tan sólo está pendiente el cálculo de los haberes con  aportes avalados, reiteradamente por el Defensor del Pueblo de la Nación, exentos de limitaciones. La Justicia, que no pudo negar sino que reiteró el amparo a mis derechos.

OMISIÓN de advertir sobre la contumacia, sancionabilidad y deber de actuar en los hechos perpetrados, también merece reproche. Pero esto habrá de cambiar un día.

Queden a los efectos histórico-geopolítico ejemplificante las presentes ideaciones a la búsqueda del logro consistente en el esclarecimiento ciudadano acerca de sus atributos y derechos humanos individuales y sociales para conseguir con la presión sublime del saber la operatividad de tales derechos que sólo son reales cuando funcionan, también, sus garantías políticas, jurídicas y sociales. Cuando es aberrante la omisión por no privilegiar al interés y el derecho del Pueblo a la continuidad de su estatus de bienestar -principios de sustentabilidad, progresividad, pro homini, etc.- ante las pretensiones reeleccionistas, cuya vigencia, con riesgo inminente de default, aparecen quiméricas por indefendibles.

Ejemplificativamente y a manera de consectario las siguientes circunstancias que claman por la atención y el influjo salvacionista del pueblo por su supervivencia, baste recordar que lleva 20 años de elaborada una pieza vital y necesaria para abordar el agravio del endeudamiento, de la definanciación, de la continuada sumisión a los dictados del FMI y de la Banda Internacional Financiera, que llegó bajo la forma de un pronunciamiento de Juez Federal a consideración de la H. Cámara de Diputados de la Nación con contenidos de tal relieve, tan profusos y actuales que apenas si pueden ser homenajeados por el valor constitutivo de pruebas y por el valor del magistrado que sancionó a una política vil dirigida a poner al país de rodillas, comprobando más de 470 delitos cometidos en el trámite de la deuda externa y en fin del tremendo agravio a las condiciones de vida de la población, afectados gravemente los presupuestos no tan sólo en materia de alimentación, salud, cultura, transporte, energía, esparcimiento y empleo, sino también a los presupuestos nacional, provinciales y municipales.  Nada ha cambiado: ningún Presidente de la H. Cámara ha propuesto exhumar tan valioso antecedente, que fuera incoado por el patriota Alejandro Olmos.

Pero, no debe darse por sentado que el Pueblo carece de medios para reencontrarse con las riendas de su destino. Por algo, increíblemente, el Derecho Internacional ha venido a ofertar una garantía consagratoria advirtiendo a los gobiernos de su responsabilidad por actos de opresión. Derecho de resistencia. Cuando la opresión se irroga también si se subsidia un segmento del comercium tan solo para que no pierda ganancias apetecidas idealmente.

(Declaración de París de 1948 – Preámb. III). Es parte de la Constitución Nacional -Art. 75 in. 22.

add. Para un repertorio cuasi erudito respecto a mínima formación necesaria para el enfoque técnico político de la crisis de deuda nacional y global. A saber:

Exposición con el FMI, servicios financieros; acreedores bancarios; Club de París, reestructuración, canjes de Títulos, comisiones a Bancos, prórroga de jurisdicción y legalidad; Club de la deuda heredada, utilidades, cláusula Rufo, intereses, cross default, endeudamiento público, recesión, inflación, prevaricato, devaluación, sindicato de bancos, bonos Boden, servicios de intereses, metas cualitativas, soberanía monetaria, default, estangflación, emergencia financiera, títulos, globalización financiera, cotización, mercados de capitales, deuda externa, intereses impagos, deuda pública, deuda odiosa, déficit, deuda ilegítima, capital, deuda fraudulenta, amortización, deuda “performing”, principal, reformas estructurales pactadas, compras hostiles, canje de deuda, política fiscal monetaria y cambiaria, servidumbre financiera, tiranía financiera, crisis, plan Brady, desempleo, pobreza, miseria, préstamos garantizados, marginalidad, patrón dólar, megacanje, stock de deuda, ajuste, metas fiscales, convertibilidad, Stand by, refinanciación, grupos financieros, delibery, pesificación asimétrica, acreedor privilegiado, Lebac y Nobac del BC, Bonos nuevos, et sit de coeteris.

                                                     REMATE

  • CONCUPISCENCIA CÓMPLICE: CON LA INFLACIÓN

Por no eliminar de una vez al ANATOCISMO USURARIO – intereses sobre intereses en todos los precios – por acumulación hostil de dinero virtual y perniciosa y traidora para la divisa nacional, para los consumidores, los inquilinos, los enfermos, los deudores del fisco, los que viajan, etc. Indefensos ante el poder omisivo oficial, el económico, el financiero. Creador de aumentos exorbitantes incrementados artificiosa y unilateralmente.

  • Otra: TOLERAR VIGENCIA DE UNA PRÁCTICA DE RÚSTICA EXPLOTACIÓN

CLIENTELÍSTICA INSTALADA EN EL SISTEMA CORRUPTO DE OBRA PÚBLICA Y SUS SECUELAS COBIJADAS DESDE LA AUSENCIA DE REGLAS Y DE CONTROL, CALDO DE CULTIVO PARA EL FRAUDE, EL COHECHO, EL PREVARICATO, LA ASOCIACIÓN ILÍCITA Y SUS HERMANASTROS AFINES: EL ABUSO DE PODER, ENRIQUESIMIENTO INDEBIDO, RETENCIÓN ILEGAL DE HABERES Y OTROS DELÍTOS INIMAGINABLES – CORRUPCIÓN CONSUMADOS CON CUELLO BLANCO EN EL CURSO DE LA TRAMITACIÓN Y TAMBIÉN EN LA DEUDA EXTERNA, IDEM.

  • Él ha perseverado, en el año transcurrido a partir del LIBELO/2018, en la inconducta de que dan cuenta las decenas de comisiones contumaciales y perjudiciales para el cuerpo social, el estado, las provincias, municipios, y empresas y que por primera vez ofreceremos en homenaje al sufrimiento de las familias y los argentinos todos en el colmo y ritos de la ilegitimidad de un poder colonizado, expuesta sin pena ni gloria a ser derrotado por razón de su perversa afinidad con los mandos extra nacionales, de los capitanes de empresas y de las finanzas mundiales, a quiénes se ofrece el tributo de la protección, de la amistad, del decoro como cuando se disfruta del ocio sitios apropiados por agentes británicos, (V. J. Lewis, etc.). Creando atmósfera de confianza en ellos mientras y en tanto incumple todas las promesas e invade al reducto del federalismo que garantiza a las Provincias contra la tentativa de los miembros del Poder Ejecutivo Nacional de intervenir en la elección y designación de sus funcionarios y representantes (art.122 C. N.).
  • El despilfarro no se detiene: el atroz endeudamiento ha seguido un curso definitivamente sistémico, abrumador, con la inherente sumisión al poder extranjero, a tal punto que se apañan los negocios del presidente Trump intermedio de favores insólitos y también impuros, vergonzantes, sin discrepar con su comportamiento lesivo al deber de cumplir con los tratados (Acuerdo de París sobre Protección Ambiental y otros).
  • Pero la zaga de agravios al deber de funcionario de servir al interés general, al bien común, exento de arbitrariedad y avaricia parece consustancial de la conducta del dirigente de fútbol sin formación ni experiencia metido a político, sin vocación de servicio, cegado por el afán anti democrático de su perpetuación en el cargo para el que es necesario un estadista… Que además, no incurra en la puesta en vigor de medidas que contribuyan a aumentar los desequilibrios entre las clases sociales, aumentando índices de desafección al querer vivir colectivo, tal es, el decreto por el que se garantiza a empresarios inversores las ganancias estimadas, eliminando todo riesgo, toda competitividad, todo honor a la actividad productividad, sometiendo a los fondos públicos a pagar inmensas sumas en concepto de indemnización.
  • En tiempos cuando de los acuerdos con Trump y el FMI se ha diseñado una proliferación de compromisos no aleatorios sino reales e imprudentes sobre cuestiones tan vitales como futuros del valor de nuestra moneda, arrastrada por políticas dictadas desde la FED para sostén del dólar, hasta la condición de los seres humanos hundidos en los meandros de la galopante inflación también digitada fuera de fronteras entre otras causas por la incontrolada emisión de moneda. Con abyecto desprecio a la Constitución y las Leyes. cuando la transferencia de recursos y de las posibilidades de conseguir el ansiado y humano bienestar se resuelve en favor de los Amigos del Poder del segmento dominante de una sociedad agobiada por la miseria y el desencanto, por efecto y razón de acumulados componentes que actúan decisiva y perversamente, con total impunidad y alevosía, así:
    1. Proposición de reiterada preceptiva de aliento y promoción para el éxito del inversor extranjero, situado en la cúspide de las consideraciones ligadas a las necesidades estratégicas de la reelección presidencial por encima de todo,
    2. Concreta subordinación a dominación del capital por sobre el interés Nacional – manes de los principios orientadores según el discurso oficial imantados a la ideación consistente en cooperación sin reglas ni medidas del sector público dispensador de bienes y el privado siempre àvido, naturalmente del mejor lucro posible. Para esto se ha implementado por decreto la indemnización para cubrir pérdida de la gestión empresaria, tal grado de ostensible complicidad que por la magnitud e ilegitimidad del engendro debiera ser inmediatamente cancelado sin esperar a los recursos de amparo que habrán de provenir de la parte líquida de la sociedad remanente – caracterizada por la naturaleza transnacional de los beneficiarios qué podría servir de precedente para una de las más cuantiosas fuentes de exacción, extracción a los fondos públicos alentada por el estado mismo, sin ninguna motivación jurídica administrativa o moral. De ahí entonces la versión sobre según la cual podrían tranquilizarse antes de este riesgo ya que nadie podría reclamar.
    3. Increíble desnaturalización del derecho – y prevaricato – en la gestión de préstamos inmensos en la CABA, del BM por asignación directa a los miembros de la mesa chica para contratación de técnicos lo que resulta exentos de control, beneficiadas empresas extranjeras españolas y otras prefiriendo las en el caso CRB sin confrontar méritos por la Secretaría de Asuntos Ambientales.
    4. Supeditación de política a la conveniencia de las grandes potencias China, Estados Unidos, Rusia, sin ponderar ni conocer de acontecimientos determinantes como el embargo a Cuba el que por su inefectividad carece de relevancia jurídica como lo hemos demostrado artículo de internet sobre la ley Helms-Burton.
    5. Inactividad irresponsable y ruin en torno al caso Malvinas que convoca a considerar la nueva situación geopolítica por la debacle económica, financiera, producida por el Brexit al Reino Unido, cuya condición de tradicional agresor de la Argentina – Vuelta de Obligado, bloqueos a Buenos Aires 1841 – 1843 agresión de 1833, después de las invasiones a Buenos Aires en 1806/07, finalmente 1982 con la ilegítima detentación lo que NO ADMITEN LE SEAN OFERTADAS CONCESIONES NI PIEDAD. Hoy, con el providencial aporte jurisprudencial que viene de la Corte Internacional de Justicia, sancionando al Reino Unido en situación con analogía cierta en el caso de las Islas Chagos. En cambio, el gobierno se abstiene de modificar los términos ineficientes de la negociación, no apela a redefinir su posición ante los acuerdos de Madrid ni a dejar de pagar la Deuda Externa ilegítima y fraudulenta  en conformidad con el fallo del juez Federal Ballestero y de la Doctrina Espeche. Increíblemente mantiene vigente una carta del anterior gobierno que asignaba a la banca Deutsche y Barclays el poder de digitar las acreencias contra la República Argentina!!.

 En el mismo orden de ideas, ausencia de debida atención y respeto para corregir errores e inducir a cambio de tesitura en relación al caso Malvinas por parte de autoridades norteamericanas envueltas en la confusión respecto de la cuestión en punto al que han llamado inadvertida o quizás deliberadamente “invasión de los argentinos “, tan sólo que no tan solo hicieron un acto defensivo sino que lo llevaron a cabo después de haber experimentado el primer uso de la fuerza por Inglaterra que ya el 19 de marzo había atacado con un buque artillado, EL ENDURANCE a un grupo de trabajadores argentinos en GRITVIKEN en cumplimiento de un contrato civil debidamente autorizado y amenazado con dos ultimátum y con la MOVILIZACIÓN total de fuerzas militares y el envío de navíos de guerra con aparataje nuclear.

  1. Violación flagrante, abusiva, obscena, extorsiva y, Incluso, en infracción manifiesta al estadio protector de la paz en el Atlántico Sur. Resolución, A. G. PRO PAZ.
  2. Por ende, delictual, de la Constitución y leyes electorales y morales, utilizando acontecimiento en que radica el interés jurídico, -caso de reuniones con empresarios- para procurarse su candidatura reelecta sin un mínimo de respeto por las reglas que imponen a la santa igualdad en el goce de oportunidades negadas y burladas a quién se le oponga. Para ejecutar este designio se apela, informan o menos gravedad de vicios y defectos, a continuar con la inmunda práctica que consiste en apoyar con todos los recursos del poder a sus favoritos en las listas de provincia (contra C. N. Art. 75 inc. 22); -en el mismo acto anunció a sus ministros que el próximo miércoles viajará a Santa Fe para apoyar al candidato de Cambiemos a la gobernación- el radical José Corral de cara a la elección del próximo domingo- con el oprobio al viejo partido de Alem y de Ilia y el asombro de los radicales que asisten todavía sin reponerse del asombro al despliegue que tan mal viciosamente abruma a la garantía constitucional que en tiempos cuando en los acuerdos con Trump y el FMI se ha diseñado la proliferación de compromisos atentatorios sin real necesidad sobre cuestiones tan vitales como el futuro del valor de nuestra moneda y de nuestras aguas, arrastrada por políticas dictadas desde la FED y la CITY para el sostén del dólar, hasta la condición de los seres humanos hundidos en los meandros de la galopante inflación también digitada fuera de fronteras, con desprecio de la Constitución y la legislación imperante. Cuando la transferencia de recursos y de las posibilidades de conseguir el ansiado y humano bienestar se resuelve en favor de los amigos del poder, del segmento dominante de una sociedad agobiada por la miseria y el desencanto y por efecto y razón de acumulados componentes que actúan decisiva y perversamente con total impunidad y alevosía, así:
  • Proposición reiterada de preceptiva en aliento y promoción para el éxito del inversor extranjero situado en la cúspide de las consideraciones ligadas a las necesidades estratégicas de la reelección presidencial por encima de todo,
  • Concreta subordinación a dominio del capital por sobre el interés nacional – manes de los principios orientadores según el discurso oficial imantados a la ideación consistente en una pseudo consagración sin reglas ni medidas del sector público dispensador de bienes – y el privado, siempre ávido naturalmente, del mayor lucro posible. Para esto se ha implementado por decreto la indemnización para cubrir pérdidas de la gestión empresaria – en tal grado de ostensible complicidad que, por la magnitud y legitimidad del engendro, debe ser inmediatamente considerado sin esperar a los recursos de amparos que habrán de sobrevenir de la sociedad remanente, lúcida y patriótica. La naturaleza transnacional de los beneficiarios podría servir de precedente para una de las más cuantiosas fuentes de exacción de fondos públicos alentada por el estado mismo sin ninguna motivación ni causa eficiente. De ahí entonces la risible versión sobre vergonzosa expresión dada en off según la cual podrían tranquilizarse porque nadie podría recurrir por AMPARO!!
  • Aquí desnaturalización del derecho – prevaricato en la gestión de préstamos inmensos del Banco Mundial a la CABA por asignación directa a los miembros de la “mesa chica” para las contrataciones de técnicos, para controlar pero exentos de control, de empresas extranjeras, españolas y otras, prefiriendolas en el caso CRB sin confrontar méritos.
  • Supeditación de política a conveniencia y órdenes de las grandes potencias China, Estados Unidos, Rusia, sin ponderar ni conocer de acontecimientos determinantes como el embargo a Cuba que por su inefectividad carece de relevancia jurídica. (Del autor estudio sobre la Ley Helms – Burton).
  • Se explica en la devoción ciega y sorda por el poder, sus frutos opimos y mal habidos, el afán por instalar con mentiras en la judicatura, a personas inidoneas pero hábiles para la futura misión de ser generosos en los juicios que hayan de merecer los desatinos, equivocaciones y delitos -incluso por omisión, aquiescencia, y al deber de funcionario público. Instancia inevitable, ante la perpetración, comisión, de tantas irregularidades a la que hemos dedicado casi 20 páginas Carta abierta libelo dirigida al presidente a la su gestión Pro, año 2018 I)/ año II) 2019, conteniendo casi un centenar de hipótesis verosímiles de conductas pasibles del reproche penal. Para incorporar el procedimiento a una mujer sin antecedentes, cuya presentación al Consejo de la Magistratura, vacía de contenidos que afrentan al procedimiento y al decoro de la misma beneficiaria y de su proponente que consiguió extraerla de los últimos puestos del concurso para instalarla en la terna decisoria en la selección donde habría de ejercerse idéntico abuso de poder para imponer una malsana discriminación favorable hacia destinataria indigna de tal reconocimiento. (Caso revelado en tv constituye visión paradigmática de todo un sistema diabólico formulado tras el intento de logro Francis antes de conseguir la continuidad del poder total despótico, tiránico, antirepublicano, antidemocrático y antisocial en el marco de impunidad rampante. Ahora no obstante él se encuentra puesto al frente de las gestiones para un acuerdo a gestarse con la oposición debido a la crisis pero, cabe a esta altura poner serias dudas sobre la sinceridad y también la idoneidad moral del convocante cuya finalidad última, enfrenta al mundo político al que se postula degradándolo -porque sólo tienen consideración al propósito excluyente, voluntarista, real despropósito dada la magnitud y diversidad de los errores acumulados en apenas más de 3 años de gestión – consistente en la agresión – amenaza de su reelección con todo el bagaje de su experimentado dominio sobre una cantidad inadvertida todavía de individuos influyentes y también entidades internacionales, gobernantes de otros países y opinión pública mundial.

Advierto: en el camino a la perpetuación en el cargo o sea el despotismo, la tiranía y la instalación del caos institucional económico político y social.

  1. cuando está presente y todavía no elucidado en toda su magnitud y el alcance del sometimiento de nuestra posición entre las naciones que integran el concierto mundial, a raíz del entendimiento personal con el presidente de los Estados Unidos increíblemente ostenta ese cargo habiendo perdido en el conteo del voto popular y arrastra una carga de graves insucesos con serias consecuencias, financieras y sociales para la HUMANIDAD, sin perjuicio de exponerse,  sin pudor, ocultando a la opinión pública y a la historia los documentos que verosímilmente probarían su conmixtión, concupiscencia y negociados con el colega ruso Putin. Dios los cría…
  2. Cuando aparece, en la costosa e ilegal propaganda que pregona “PRESIDENCIA DE LA NACION” una amoral dosis de narcisismo patético incurso en excepción, latrocinio de recursos aportados por los vecinos y por fondos públicos incluso vulnerando al deber de no traicionar a los compañeros de ruta, apropiándose disparatadamente de obras realizadas por otros cómo ocurre en el emprendimiento para elevar los trenes en la CABA mientras avanzan haciendo un reproche de actos cometidos por la Corte Suprema!!

 

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Mensaje a la Ciudadanía Pensante a la Búsqueda de Reconocimiento Pleno para los Derechos de Todos, Sin Discriminación, ni por la Condición de Independiente https://www.rodriguezberrutti.com.ar/390/mensaje-a-la-ciudadania-pensante-a-la-busqueda-de-reconocimiento-pleno-para-los-derechos-de-todos-sin-discriminacion-ni-por-la-condicion-de-independiente/ Mon, 10 Jun 2019 19:41:32 +0000 http://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=390 CABA, marzo 22 de 2019.-

Del

Dr. CAMILO RODRIGUEZ BERRUTTI

MENSAJE A LA CIUDADANIA PENSANTE A LA BÚSQUEDA DE RECONOCIMIENTO PLENO PARA LOS DERECHOS DE TODOS, SIN DESCRIMINACIÓN NI POR LA CONDICIÓN DE INDEPENDIENTE

PROPUESTA – REPERTORIO – CONSECTARIO

AL GOBIERNO MACRI – PRO

Gestión participatoria del agravamiento del caos y para adoptar medidas antiinflacionarias, que concurran a conjurar la situación por agravado y hostil anatocismo enraizado en prácticas que se han vuelto tradicionales.

De ahí entonces se propone:

I– Eliminar en los cálculos por incremento de precios por todo concepto a los aumentos previos, que constituyen factor negativo, ilegal y determinante del caos.

II- Respetar y hacer respetar los límites constitucionales, legales y de los tratados libremente consentidos y demás Fuentes del derecho internacional.

III- Edictar se continúe evadiendo por el estado y la HCDN deuda por haberes laborales para conseguir fraguar cuentas públicas, exorbital oficiadas por exorbitancia crédito ante el fondo monetario internacional.

IV- Dar de baja los pagos de la deuda externa ilegítima y fraudulenta y a todas las acreencias viciadas por la usura y el anatocismo. En conformidad con la Doctrina Espeche y fallo del Juez Federal Ballestero.

V- Producir información sobre la situación de las cuentas del estado, vital para la fijación de precios y atraer inversiones, evitando disimular deudas no registradas y otros subterfugios de la camándula financiera.

VI- Respetar -premisa básica del Estado de derecho- la vigencia del principio orientador de la seguridad jurídica que impide para garantía del federalismo la intervención de las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional en la determinación de candidaturas, listas y nombramientos de funcionarios electos y nombrados en las provincias. (Constitución Nacional art. 122).

VII- Proclamar la abolición, por derogación y en razón del imperio del Ius Cogens y grandes convenciones del sistema mundial creado para someter a legislación extranjera, la jurisdicción y las leyes de la República Argentina y otras disposiciones concurrentes como la renuncia recursiva incorporada en acuerdos – pactos de adhesión, leoninos, vulnerables y por ende susceptibles de nulidad, de persistencia anulación del gobierno.

VIII- Sancionar la organización y sacar divisas no declaradas del país.

IX- Perseguir, investigar y pulir toda forma de corrupción como la gestión de intereses privados desde el Poder.

X- Poner fin a la indebida asignación de roles y brindar tributo a la necesidad pública de respeto a la específica, honesta sabiduría dotada de fecundidad y coraje como la que puede ofertar para la materia financiera la producción plena de sabiduría volcada lealmente a estas cuestiones como ocurre con el Licenciado Héctor Giuliano.

XI- Por el poder ejecutivo nacional por el poder ejecutivo nacional la inmunda práctica ideada contra todo derecho lógica y moral consiste en tratar de elevar manteniendo traidora cara y artificiosamente al dólar norteamericano – a expensas del futuro y del presente de la moneda nacional argentino. Exento de todo control institucional político ético internacional a la búsqueda de cifras y vengan a la expectativa crudamente electoralista puesta por encima de todo.

XII- Derogar, abolir, urgentemente, por contrario imperio, al decreto desde el cual viene de brindarse al segmento corporativo el privilegio – canongía, de que las pérdidas y disminución de las ganancias calculadas y no realizadas sean cubiertas con recurso a fondos públicos convirtiéndolos en indemnizatorios, y asegurando, al sueño dorado de la especulación de la inventiva del descrédito de autoridades implicadas también en concupiscencia que habrá de irrogar fabulosos costos fraguados, ideales, en todo caso incompatibles con la buena administración, responsabilidad de los gobiernos probos y democráticos. Urge aplicación del principio precautorio para evitar de atentados más gravosos sobre la sociedad, incluso por efecto de demostración y creación de precedentes dado que la aplicación del principio de la progresividad y de la integralidad del mundo jurídico – todo en el marco ruin y frívolo de políticas incursas en fiebre inflacionaria, tramposa, de inmunidades y también de impunidad – para flagrantes delitos de corrupción. Es aconsejable la consulta revelaciones ejemplarizantes y también escalofriantes del gobierno M en CABA (ciudad autónoma de Buenos Aires). (“radiografía de la corrupción Pro”. Maradeo y Damiani ed. Planeta 2018

XIII- Cumplir y hacer cumplir operativamente con el contenido de supremacía jurídica y social del principio de progresividad que impide, interdicta y condena razonablemente toda medida que afecte o irrite y situaciones legítimamente creadas y establecidas en todo momento, o evita el goce el estatus de calidad de vida y todos sus componentes. Porque la obligación así instalada como de ius cogens radica en el deber de no hacer, no registrar no proyectar en perjuicio sino en la promoción de los derechos humanos en todas las áreas bajo la égida de Pro Homine y de la mano de Dios.

XIV- Identificar y someter a sanción a quienes hayan -incumpliendo el deber de funcionario público- efectuado designaciones y cesantías, nombramientos espurios por carencia de requisitos personales y falta de requerirlo el servicio del Estado ejemplificativamente actos fuera de competencia o jurisdicción o excedidos flagrantemente o con abuso de dominación, perfidia u otros vicios jurígenos (caso Presidente de un banco municipal de La Plata que vende la institución sin siquiera tener la condición de vecino exigido por la legislación provincial) / otro ejemplo Director general de escuelas Gabriel Dumon que destituye sin causa a un Profesor impecable de la enseñanza Superior CRB y que reniega e incumple pronunciamientos de censura de la Legislatura Provincial ordenando la reincorporación inmediata. Lo que no ha ocurrido hasta la fecha.

XV- Fijar en pautas de política urbanística, turística y político social el respeto que han de meritar aquellos acontecimientos, actos, instituciones y creaciones de todo orden útiles al bien común en de las tradiciones, las buenas costumbres y el anhelo de mejoranza en todos los ámbitos. Ejemplo para salvaguarda de bienes materiales inestimables como emblema de una época, de una cultura, de una razón de ser de la sociedad, del querer vivir colectivo, sería como lo sería la inminente pérdida de la que fuera residencia de uno de los más valiosos exponentes de las letras Argentina: Lucio Victorio Mansilla en  Belgrano.

XVI- Fijar en pautas creíbles, no mentirosas, para evitar auge de la inflación, la discriminación, la precariedad oficial y privada y la corrupción.

Porque ejemplificativamente Macri ha promovido y creado sigilosamente para producir dinero virtual inflacionario, monopólico, delictual, para privilegiar a trasnacionales con intereses familiares; un corrupto sistema para consagrar por un atajo, sumisión de los fondos públicos necesarios para indemnizar al segmento corporativo empresarial por las pérdidas en el balance garantizando las ganancias contra todas las circunstancias en una insólita demostración de lo que según el mismo ha proclamado con cinismo, se trata de política de cooperación entre el estado y los privados !!

Ahí aparece la funcionaria responsable del decreto en el área que se apresura a tranquilizar a sus patrones, posibles impugnaciones a los beneficiarios del feroz emprendimiento con una astuta y concupiscente apreciación:

Dice creer que no podría haber quienes se opusieran, desconociendo así al inmenso poder recursivo de que están dotados los individuos que en una pluralidad de afectados, contribuyentes, usuarios de servicios públicos en general, con que están protegidos contra el daño, las lesiones a su patrimonio, etc. bajo el imperio del Amparo internacional – ius cogens – y también, supremo y plenamente operativo. También, corresponde, por eventuales juicios políticos contra el Estado cuando se trata de creación de fantástica deuda a cargo del Estado con toda la incertidumbre y erosión al querer vivir colectivo con la inherente del dominio por parte de la Kaquistocraia. Atentado alevoso y nefasto al orden jurídico y político social sin fundamento de lógica de buena administración y que combatimos porque viene a integrarse a una política desordenada, voluntarista y contraria al bien común.

Otro, debe ser acogida para su derogación, por riesgo de peligro inminente, la eliminación resuelta, de muchos ramales de transporte de pasajeros -19 tan solo de la línea 60- creando la vicisitud inherente para tantos miles de personas, contribuyentes y también indigentes cada vez más numerosos y necesitados cuan degradados, condenados a la búsqueda de otras soluciones cada vez más difíciles para sus problemas de desplazamiento como quiebra flagrante de masiva afectación a derechos constitucionales protegidos por la cultura y el dispositivo de derechos humanos reconocidos y vigentes por su implicancia en grandes convenciones internacionales incluso el Amparo con recurso plural y efectivo, por orden constitucional. Es que, los pasajeros trabajadores como estudiantes, jubilados, niños, turistas, tienen un derecho adquirido intangible, incluso por el principio pro homine, al libre desplazamiento y también por el principio de progresividad que con su naturaleza de modernidad comprensiva de todas las áreas jurídicas y de los hechos, públicos y privados, señala la interdicción absoluta a todo intento por limitar, perjudicar o eliminar factores concurrentes a crear bienestar en todo momento, con generalidad, no discriminación y operatividad cierta en los términos de la salvaguardia y del acceso genuina a la elevación de la calidad de vida del pueblo, por ende, de todos los habitantes del país, porque, además, se trata de paradigma constitucional y también clave en los tratados internacionales vinculatorios.

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Mensaje a la Ciudadanía Pensante – junio de 2019 https://www.rodriguezberrutti.com.ar/388/mensaje-a-la-ciudadania-pensante-junio-de-2019/ Mon, 10 Jun 2019 19:39:20 +0000 http://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=388 CARTA ABIERTA Del Dr. CAMILO RODRIGUEZ BERRUTTI *

Titular Cátedra I – Derecho Internacional Público – H.

Profesor Emérito UCALP

Ha sido investigador científico – CONICET – Asesor Internacionalista y Secretario de Comisiones en el Congreso de la Nación (HCDN)

Amicus Curiae / Autor de Doctrina en Deuda Externa, Malvinas, Ambientales, Derechos Humanos, Ius Cogens, Estoppel y de Ciencia Jurídica y Estratégia.

POR ACUSE A GESTIONES MACRI Y K

RESPONSABILIDADES Y CULPAS

JURÍDICAS, TÉCNICAS Y MORALES

A LA BÚSQUEDA DE RECONOCIMIENTO PLENO PARA LOS DERECHOS DE TODOS, SIN DISCRIMINACIÓN NI POR LA CONDICIÓN DE INDEPENDIENTE

PROPUESTA

REPERTORIO – CONSECTARIO ANTIINFLACIONARIO

AL GOBIERNO MACRI – PRO

A gestión protagonista de puesta en acto, del caos, que reniega de adoptar medidas antiinflacionarias, que concurran a conjurar la situación por agravado y hostil anatocismo enraizado en prácticas que se han vuelto tradicionales.

De ahí entonces se propone, cuando todo importa:

Primero y principal

I– Eliminar en los cálculos para decretar incremento de precios por todo concepto a los aumentos previos, que constituyen factor negativo, ilegal y determinante del caos generando inflación, implacable, geométrica, y mayores desigualdades sociales. O sea: INTERESES SOBRE INTERESES: ANATOCISMO USURARIO.

II- Respetar y hacer respetar los límites constitucionales, legales y de los tratados libremente consentidos y demás fuentes del derecho internacional y denunciar aquellos lesivos y condicionantes celebrados con el Reino Unido bajo presión de la fuerza.

III- Edictar se continúe evadiendo por el Estado y la HCDN deuda por haberes laborales, alimentarios, para conseguir fraguando cuentas públicas asfixiadas por exorbitancias y así conseguir crédito ante el fondo monetario internacional, impasible ante el auge de la depresión y la impunidad.

IV- Dar de baja los pagos de la deuda externa ilegítima y fraudulenta y a todas las acreencias viciadas por la usura y el anatocismo. En conformidad con la Doctrina Espeche y fallo del Juez Federal Ballestero.

V- Producir información cierta sobre la situación de las cuentas del Estado, vital para la fijación de precios y atraer inversiones, evitando disimular deudas no registradas, v.g. HCDN por retención indebida de haberes laborales con fraude a ANSES y a Titular de Alto Cargo Técnico y otros subterfugios de la camándula financiera.

VI- Respetar -premisa básica del Estado de derecho- vigencia del principio orientador de la seguridad jurídica que impide para garantía del federalismo la intervención de las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional en la determinación de candidaturas, listas y nombramientos de funcionarios electos y nombrados en las provincias. (Constitución Nacional art. 122).

VII- Proclamar la abolición – por derogación y en razón del imperio del Ius Cogens y grandes convenciones – del sistema creado para someter a legislación extranjera, la jurisdicción y las leyes de la República Argentina y otras disposiciones concurrentes como la renuncia recursiva incorporada en acuerdos – pactos de adhesión, leoninos, vulnerables – y, por ende, susceptibles de nulidad, de persistencia anulación del gobierno.

VIII- Sancionar la organización y sacar divisas no declaradas del país.

IX- Perseguir, investigar y punir toda forma de corrupción como la gestión de intereses privados desde el Poder.

X- Poner fin a la indebida asignación de roles y brindar tributo a la idoneidad probada, necesidad pública de respeto a la específica y honesta sabiduría dotada de fecundidad y coraje, como la que puede ofertar para la materia financiera la producción plena de sabiduría volcada lealmente a estas cuestiones como ocurre con el Licenciado Héctor Giuliano, Tratadísta actualísimo de bajo perfil, con experiencia de gestión.

XI- Por el poder ejecutivo nacional derogar o estirpar la inmunda práctica ideada contra todo derecho lógica y moral consistente en tratar de elevar, manteniendo, traidora, cara y artificiosamente al dólar norteamericano – a expensas del futuro y del presente de la moneda nacional argentina. Exento de todo control institucional político ético e internacional a la búsqueda de cifras que convengan a la expectativa crudamente electoralista, voluntarista y ultraliberal puesta por encima de todo.

XII- Derogar, abolir, urgentemente, por contrario imperio, al decreto desde el cual viene de brindarse al segmento corporativo el privilegio – canongía, de que las pérdidas y disminución de las ganancias calculadas y no realizadas sean cubiertas con recurso a fondos públicos convirtiéndolos en indemnizatorios, y asegurando, al sueño dorado de la especulación, de la inventiva y del descrédito de autoridades implicadas también en concupiscencia que habrá de irrogar fabulosos costos fraguados, ideales, en todo caso incompatibles con la buena administración, responsabilidad de los gobiernos probos y democráticos. Urge aplicación del principio precautorio para evitar de atentados más gravosos sobre la sociedad, incluso por efecto de demostración y creación de precedentes dado que la aplicación del principio de la progresividad y de la integralidad del mundo jurídico – todo en el marco ruin y frívolo de políticas incursas en fiebre inflacionaria, tramposa, de inmunidades y también de impunidad como caldo de cultivo propicio – para flagrantes delitos de corrupción. Es aconsejable la consulta a revelaciones ejemplarizantes y también escalofriantes del gobierno M en CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). (“Radiografía de la Corrupción Pro”. Maradeo y Damiani ed. Planeta 2018).

XIII- Cumplir y hacer cumplir operativamente con el contenido de supremacía jurídica y social del principio de progresividad que por vía de la integralidad que impide, interdicta y condena razonablemente por vía de la integralidad del mundo jurídico y del principio de sustentabilidad toda medida que afecte o irrite situaciones legítimamente creadas y establecidas en todo momento, o evite el goce al estatus de calidad de vida y todos sus componentes. Porque la obligación así instalada como de ius cogens radica en el deber de no hacer, no registrar, no proyectar, en perjuicio sino en la promoción de los derechos humanos en todas las áreas bajo la égida de Pro Homine, de sustentabilidad y de la mano de Dios.

Ej.: caso de la imposición de repago por tarifas creadas artificiosa y arteramente. Pago por todos los contribuyentes inocentemente ajados, vulnerados en su derecho de propiedad y de seguridad jurídica con una medida que obliga al erario público a indemnizar por las pérdidas empresariales registradas en sus balances.

Otro, el ajuste con la única finalidad de evitar pérdidas de las empresas, llevada a cabo con la reducción de líneas de transporte público esenciales para la población.

Otro, la adjudicación por vía de una regulación espurea de prioridad a compañías extranjeras en materia laboral con desplazamiento de la mano de obra argentina llevada a cabo con dinero generador de deuda externa y en área PRO, con fondos exentos de todo control etc. etc…

XIV- Identificar y someter a sanción a quienes hayan -incumpliendo el deber de funcionario público- efectuado designaciones y cesantías, nombramientos ilegales y espurios por carencia de requisitos personales y falta de requerirlo el servicio del Estado; ejemplificativamente actos fuera de competencia o jurisdicción o excedidos flagrantemente o con abuso de dominación, perfidia u otros vicios jurígenos (caso Presidente de un banco municipal de La Plata que vende la institución señera del crédito y garantías provinciales y municipales en tiempos y responsabilidades del intendente Alak sin siquiera tener la condición de vecino exigido por la legislación provincial) / otro ejemplo: Director General de Escuelas Gabriel Dumón que destituye sin causa a un Profesor impecable de la enseñanza Superior CRB y que reniega e incumple pronunciamientos de censura de la Legislatura Provincial ordenando la reincorporación inmediata. Lo que no ha ocurrido hasta la fecha.

XV- Fijar en pautas de política urbanística, turística y político – social el respeto que han de meritar aquellos acontecimientos, actos, instituciones y creaciones de todo orden útiles al bien común en de las tradiciones, las buenas costumbres y el anhelo de mejoranza en todos los ámbitos. Ejemplo para salvaguarda de bienes materiales inestimables como emblema de una época, de una cultura, de una razón de ser de la sociedad, del querer vivir colectivo, como lo sería la inminente pérdida de su destino de la que fuera residencia de uno de los más valiosos exponentes de las letras argentinas: Lucio Victorio Mansilla en Belgrano.

XVI- Fijar en pautas creíbles, no mentirosas, un Plan para evitar auge de la inflación, la discriminación, la precariedad oficial y privada y la corrupción.

Porque ejemplificativamente Macri ha promovido y creado sigilosamente para producir dinero virtual, inflacionario, monopólico, delictual, para privilegiar a trasnacionales con intereses familiares; un corrupto sistema para consagrar por un atajo, sumisión de los fondos públicos necesarios para indemnizar al segmento corporativo empresarial por las pérdidas en el balance garantizando las ganancias contra todas las circunstancias en una insólita demostración de lo que según el mismo ha proclamado con cinismo, se trata de política de cooperación entre el estado y los privados !!

Ahí aparece la funcionaria responsable del decreto en el área que se apresura a tranquilizar a sus patrones, por posibles impugnaciones a los beneficiarios del feroz emprendimiento con una astuta y concupiscente apreciación: o sea:

Dice creer que no podría haber quienes se opusieran, desconociendo así al inmenso poder recursivo de que están dotados los individuos que en una pluralidad de afectados, contribuyentes, usuarios de servicios públicos en general, están protegidos contra el daño, las lesiones a su patrimonio, etc. bajo el imperio del Amparo internacional – ius cogens – y también, supremo y plenamente operativo por su constitucionalidad (C.N. arts. 42/43/75 inc. 22) También, corresponde, por eventuales juicios políticos contra el Estado cuando se trata de creación de fantástica deuda a cargo del Estado con toda la incertidumbre y erosión al querer vivir colectivo con la inherente del dominio por parte de la Kaquistocraia. Atentado alevoso y nefasto al orden jurídico y político social sin fundamento de lógica de buena administración y que combatimos porque viene a integrarse a una política desordenada, voluntarista y contraria al bien común.

Otro:

Debe ser acogida para su derogación, por riesgo de peligro inminente, la eliminación resuelta en la CABA, de muchos ramales de transporte de pasajeros – 19 tan solo de la línea 60 – creando la vicisitud inherente para tantos miles de personas, contribuyentes y también indigentes cada vez más numerosos y necesitados cuan degradados, condenados a la búsqueda de otras soluciones cada vez más difíciles para sus problemas de desplazamiento como quiebra flagrante de masiva afectación a derechos constitucionales protegidos por la cultura y el dispositivo de derechos humanos reconocidos y vigentes por su implicancia en grandes convenciones internacionales incluso el Amparo con recurso plural y efectivo, por orden constitucional.

Es que, los pasajeros, trabajadores, como estudiantes, jubilados, niños, turistas, tienen un derecho adquirido intangible, incluso por el principio pro homine, al libre desplazamiento y también por el principio de progresividad que con su naturaleza de modernidad comprensiva de todas las áreas jurídicas y de los hechos, públicos y privados, señala la interdicción absoluta a todo intento por limitar, perjudicar o eliminar factores concurrentes a crear bienestar en todo momento, con generalidad, no discriminación y operatividad cierta en los términos de la salvaguardia y del acceso genuino a la elevación de la calidad de vida del pueblo, por ende, de todos los habitantes del país, porque, además, se trata de paradigma constitucional y también clave en los tratados internacionales vinculatorios. v.g. el principio de la integralidad del mundo jurídico que instituye el acogimiento de las soluciones que mejor contemplen al individuo desde extraña jurisdicción.

Están pendientes de explicación y derogación incluso por abrogación y eventualmente por contrario imperio por lo menos dos decisiones absolutamente incompatibles con la función de gobierno en un país democrático republicano de derecho y social:

  • La decisión artera, sin más fundamento que la cooperación del estado con el sector privado lo que conduce por lógica, a una concupiscencia criminosa, como lo ves, la adjudicación de decretos de salvaguardias espurias a la gestión empresarial cuando los resultados de la gestión no consulten a la programación / planificación hecha con anterioridad para los resultados económicos financieros de modo y manera que el estado indemnizaría – incluso a las filiales de transnacionales establecidas en el país con sumas equivalentes, déficit o a los desniveles aparecidos. Esto constituye una indemnización gratuita inmensamente inmoral porque hace obligatorio para el Estado el solventar los apetitos inescrupulosos que están disputandole a la competitividad, el rol decisivo que debe cumplir en la economía real moderna y sobre todo honesta, pero el daño no tan sólo moral y diríamos logístico, es inconmensurable el monto que podría ser exigible en función de la industrialización del sistema, a expensas de los contribuyentes y del incremento de la deuda externa.

Otro:

  • De los saqueados contribuyentes. El robo, porque – no es demasiado sutil el sistema – involucra – no podría ser de otra manera – intereses que se encuentran en la cúspide de las decisiones y también de las responsabilidades políticas y penales.
  • Que incluye actos reprochables inductores, demás inflación, como el manejo viciado ilegítima asignación de los fondos préstamos BIRF contratación 8032 – IAF 18 – discriminando adversamente a propuesta Argentina en favor de transnacionales extranjeras (caso España).

Otro:

  • Cuando se omite (por delitos de omisión del gobierno M mi Carta Abierta) por olvido cargado de responsabilidad y culpa – tratar de resolver acerca de la deuda externa atendiendo al sólido antecedente de un fallo de Juez Federal que proclamara el carácter ilegitimo y fraudulento de ella, derivado de más de 470 delitos perpetrados en su gestación y trámite, todavía impunes pero imprescriptibles; extravagante incremento mediante maniobras como las consumadas en ocasión de blindajes nacionalización y acreencias y otras modalidades de la operatividad criminosa, financiero-política…cuando se cuenta con las posibilidades que ofrece el despliegue del contenido de la Doctrina Espeche y las propuestas del Foro Nacional de la Deuda Externa incluso de su filial La Plata.

Otro (cómo lo vengo incluyendo en mis conceptos):

  • Cancelación de los aumentos previos en el cálculo de todos los precios por tratarse de una práctica furtiva, artera, impura, ilegal e inmoral cuya inconveniencia clama por derogación dado que contribuye al incremento exponencial y sin causa económica de los nuevos montos y que favorece casualmente a los beneficiarios de los tarifazos, el estado y el empresariado transnacional.

Cubrir con actos positivos bien inspirados – fuera del voluntarismo ciego y de la doctrina oficial deshumanizada instalados – a las decenas de hipótesis por omisión revelados en Carta Abierta al Gobierno Macri, del autor.

De ahí, reflexión impuesta por la circunstancia de frente a consecuencias de política de sumisión institucional y a un poder extranjero de antecedentes obscenos en la historia de la Deuda Externa Argentina, FMI, y que increíblemente se piden perdón (WAIVER) en el que todavía asiste, puesta de rodillas, a la impunidad de ese organismo en ocasión de la delictuosa gestión en préstamos direccionados a facilitar la evasión de divisas por 20 mil millones de dólares!! Reconocida públicamente por su DIRECTOR GENERAL.

Pobre Argentina, embretada entre la inflación usuraria, la depresión, la estanflación, crisis general en medio de las lucubraciones de una asociación ilícita, de administración fraudulenta y de obstrucción de acceso a la justicia.

Dr. Camilo Hugo Rodríguez Berrutti

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388
ENCICLICA AMBIENTAL https://www.rodriguezberrutti.com.ar/347/enciclica-ambiental/ Thu, 25 Jun 2015 01:39:29 +0000 http://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=347 A S. A. R. PAPA FRANCISCO,

Reverente y cordialísimamente,

Y, POR RAZON DE QUE ESTAMOS EN VISPERAS DEL SURGIMIENTO DE UNA OBRA DE VUESTRA AUTORIA PARA ALUMBRAR POR VIA DE ENCICLICA AMBIENTAL A L A HUMANIDAD PARA LA SALVACION DEL PLANETA, V VENGO, AHORA, GRANDEMENTE COMPLACIDO, PARA ACERCAR CON TODA HUMILDAD, EL LOGRO DE UNA CREACION DE LITERATURA JURIDICA CUYOS CONTENIDOS QUIZA PUEDAN SER DE ALGUNA UTILIDAD EN LA BUSQUEDA NECESARIA DE APOYATURA EN LA CIENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL, HOY EN LA CUSPIDE DE LAS CONSIDERACIONES PARA TRATAMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS, DIRECTAMENTE INVOLUCRADOS EN LA CUESTION. Y, PARA OBRAR EN CONSECUENCIA, EN VISTA DE PROPORCIONAR MAS FACIL ACCESO A LA CONSULTA DE TALES INSTANCIAS DEL CONOCIMIENTO, ME PERMITO FORMULAR RESEÑA DESCRIPTIVA CONTINENTE DE LOS ELEMENTOS BASICOS CONSIDERADOS EN UN CASO DONDE LA CUESTION AMBIENTAL ALCANZO – COMO ES DE DOMINIO GENERAL – A PONER ENFRENTADOS A DOS ESTADOS HERMANADOS DESDE LA GENESIS DE SU HISTORIA.

POR ENDE, A SABER,

  1. Instalación de la cuestión ambiental en el ámbito regido por el derecho internacional con todas sus fuentes, o sea, tratados, costumbre, principios generales del derecho y del derecho internacional, jurisprudencia, doctrina, actos unilaterales y sobre todo, por su imperatividad el jus cogens.
  2. Cuestión de la supremacía – aceptada convencionalmente Viena 1969, art. 27 – del derecho de gentes por encima del derecho interno de los Estados,
  3. Los principios generales del derecho y la doctrina social de la Iglesia,
  4. Atención debida a las circunstancias, a las consecuencias, a las alternativas, al impacto ambiental, a la integralidad del mundo jurídico, al estoppel, a los grandes PACTOS Y CONVENCIONES, a pronunciamientos masivos de la comunidad internacional políticos y científicos,
  5. Protección jurídica para las personas, para la diversidad, incluso las mieles, la floración, las playas , las aguas y la atmosfera, en una lucha que tiene por protagonistas a la Humanidad y a un segmento de sus componentes cegados por el afán de lucro y por la ignorancia,
  6. El caso BOTNIA ES PARADIGMATICO ACERCA DE INVESTIGAR LOS RIESGOS DE LA JUSTICIA INTERNACIONAL – DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA HA DICHO EL SABIO MAESTRO BARBERIS QUE ELLA NO HACE LO QUE DICE QUE HACE – POR LO que ha de entenderse como esto ha devenido en el fallo de marras, donde después de reconocer que una parte había violado el tratado aplicable, olvida tan importante conclusión y termina cohonestando la situación de flagrante ilegitimidad sin aplicar sanción, sin proponer enmiendas ni imponer indemnización, lo que muestra, también, ante su pasividad, la incompetencia de la defensa argentina,
  7. EN VARIOS CIRCULOS DE TAPA Y CONTRATAPA DE LA OBRA, SINTESIS ERUDITA ALUSIVA.

Me despido con las expresiones más sinceras de confianza y devoción

 

Febrero de 2015
Dr. Camilo Hugo Rodriguez Berrutti
República Argentina
Correo electrónico: [email protected]; [email protected]
Sitio Web: www.rodriguezberrutti.com.ar
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347
Manejo y Corrupción de la Cosa Pública https://www.rodriguezberrutti.com.ar/345/manejo-y-corrupcion-de-la-cosa-publica/ Thu, 25 Jun 2015 01:34:36 +0000 http://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=345 POBRE-ARGENTINA.

Con protagonismo de CFK, de XI JINPING, de Griessa, de Chiquito A.K, del abogado J. Domínguez responsable de consecuencias de trato degradante, de los Derechos Humanos y del autor victima del Leviatán y de la impunidad en zona liberada.

Primero y principal, escueto  REPERTORIO  para acercar una pizca de reflexión en punto a algunas cuestiones actualísimas y de importancia cierta, o sea,

I). ACUERDO celebrado recientemente por el P.E.N. con la República CHINA, imitado porr el Gobierno de ENTRE RIOS, de donde resulta una serie de privilegios otorgados a otro Estado con quiebra del orden jurídico interno como, ejemplificativamente, la concertación negociada de contrataciones exentas del requisito de licitación previa – art. V – lo que conlleva sumisión a una concentración monopólica creada por el mismo Estado, también embistiendo, por esta vía, contra valiosa preceptiva constitucional que, eventualmente, quedaría jaqueada por lo dispuesto en la Convención de Viena de 1969 sobre el Derecho de los Tratados – art. 27 – donde se dispone, justamente, la inviabilidad de hacer valer al derecho interno, incluso el de la Carta Política. para quebrantar una obligación internacional. Otro ítem significativo lo constituye un abrumador exponente de impericia, inidoneidad y desaprensión el hecho de consumar con seguridad de impunidad a la inmunda corruptela del abandono criminoso de la soberanía de la legalidad y también del poder de nuestros magistrados en manos de jurisdicción y de juridicidad extranjeros, con tal grado de perversión y corrupción política, histórica y moral, que los adjudicatarios son las grandes potencias que invadieron y sometieron al naciente Estado argentino por años a un bloqueo tan ilegal como útil para la forja de la nacionalidad con acontecimientos como el de Vuelta de Obligado. Así, entonces, cabe señalar que los privilegios que se pretende incorporar – cargados de riesgos monopólicos con una contraparte poderosa y experiente ante el que declina increíblemente el derecho de defensa en juicio internacional – hacen agua por los cuatro costados, y los negociadores chinos aunque han tomado precauciones desde una diplomacia que excede largamente en su metier a los diletantes improvisados, cuando, empero, por su propio historial de sufrimiento en la época del colonialismo histórico de los tratados de Nanking y del trafico de estupefacientes copado por las grandes potencias de la época – y aun, incluso ellos – no podrían evitar la vigencia de múltiples compromisos previos de la Argentina que, amparados en los términos de la cláusula de la nación mas favorecida, contenidos en tratados – y, por ende, por imperio constitucional con supremacía sobre las leyes del Congreso – vienen a operar, en definitiva, en la creación, aun contra la voluntad de este país, de un mercado ampliado de oportunidades lo que vendría a resultar, por contrapartida, y por posible infracción a la buena fe, en un conjunto de posibles conflictos a dilucidarse con resultados de fácil diagnostico, en los tribunales del CIADI o de otros Estados. También debe computarse, en el catálogo de desaciertos imputables, que la negociación pueda ser sindicada, en sus directivas esenciales a una única y absolutista voluntad, desprovista de asesoramiento y de limitaciones que no sean aquellas derivadas del propio concepto del poder e inserta en determinaciones tan pueriles e inconsistentes como el culto de la buena onda y el designio de conservar el poder aun fuera de todo respeto al consenso democrático y de una derrota electoral. Máximo dixit. En los términos del poderoso banquero Fugger – Jacobo- quien espetaba desafiante, en carta a Carlos I, “ sin mi, sabido es, y evidente, que Su Majestad no habría obtenido la corona romana.” Vid. Historia de Europa y del genio europeo. 240.

Todo con el marco de afiebrada inmediatez – debilidad incurable caso pata renga en la política de EEUU, cuando el sistema esta afectado por falta de confianza y exceso de corrupción – a la búsqueda de fondos, de avales, de apoyos políticos para conseguir mas y mas acreencias internacionales. Esto no puede ser visto sino como hipócrita referencia a una situación donde, justamente, se trata de proclamar la vigencia de una cierta política de desendeudamiento. Así, yendo contra sus actos propios, el gobierno incurre en abierta infracción a pilares básicos del comportamiento de los Estados en sus relaciones reciprocas – estopell, buena fe, cooperación – incluyendo el deber de producir con honestidad información útil y honesta para desarrollo del comercio y de las inversiones, negado con la abyecta gestión del INDEK, por la practica contraria a preceptiva del comercio internacional por cuya gestión viene de ser sancionado el Gobierno por decisión fundada de la O.M.C. y por la manipulación estadística, la contabilidad inteligente y la forzada presentación del estado de las finanzas publicas – caso de los aportes del Banco Central y de la ANSES – detraídos de sus fines propios y de deuda externa no registrada por decenas de miles de millones,

Vid. estudios del Lic. Héctor Giuliano.

                                                                                                                                                                   II A)  RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ABOGADO JULIAN DOMINGUEZ POR OMISION DE HACER TRATAR EL DICTAMEN DEL JUEZ FEDERAL BALLESTERO QUE DATA DEL AÑO 2000, QUE PROCLAMARA LA NATURALEZA ILEGITIMA Y FRAUDULENTA DE LA DEUDA EXTERNA ARGENTINA CUYO TRATAMIENTO ES DE COMPETENCIA DEL CONGRESO. En tiempos cuando el mismo se apresura a proponer a la H. Cámara varios proyectos legislativos – incluso en infracción a preceptiva de trámite parlamentario – y dirigidos, increíblemente, por directivas ilegitimas del P. E. N., A LA CANCELACION DE DERECHOS Y GARANTIAS INDIVIDUALES E INSTITUCIONALES.

  1. B)   Asimismo, su involucramiento en gestión impropia, por no pago de sumas debidas

desde 1992 a alto funcionario técnico Planta Permanente Secretario de Comisión, a un paso de DIRECTOR – el autor – por prestación de servicios SUPERIOR avalado por pronunciamientos reiterados del Defensor del Pueblo quien denunciara oportunamente el caso para ante la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación. En un caso paradigmático de corruptela por morosidad extrema, abuso de poder, retención indebida, agravio al trabajador privándole del recurso de su subsistencia por años, en un contexto persecutorio – mafiosa reiteración de agravios a persona y al tribunal – donde se inscriben además, y sobre todo, sobre las espaldas de un funcionario probo, impecable en delicados cometidos acumulados, relacionados con su especialización iusinternacionalista, la macula de insensibilidad y de inhumanidad.

  1. C)  CUATRO SUCESIVAS CESANTIAS – TRATO DEGRADANTE PENADO POR GRANDES CONVENCIONES INTERNACIONALES, bajas compulsivas sin sumario ni motivación – inauguradas por Eduardo Camaño, protegido del gobernador Scioli también cultor del desempleo injusto – caso del ex secretario Nilsen – en infracción vergonzante al principio no bis in ídem – CREADORAS DE VIOLENCIA por ATROZ DESEMPLEO y SIN MAS CAUSA NI MOTIVACION QUE LA EDAD, lo que fuera CONDENADO POR ILEGITIMIDAD EN JUICIO QUE SE DILATO PERVERSAMENTE POR DIEZ – 10 – AÑOS DEL QUE, TODAVIA CLAMA POR EL OBJETO Y FIN DE LA REINCORPORACION. Negada de hecho – contra sólida jurisprudencia – y diferida como todas las gestiones del autor en la desgraciada política de dejar todo como esta y dejar que el que venga arree o se extinga la pretensión con la vida del demandante.
  2. D) EN GRUESO AVANCE CONTRA LAS PRAGMATICAS TUITIVAS Y SALVIFICAS DEL TRABAJADOR Y DEL EMPLEO – EN LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA – ENUNCIADAS Y DEFENDIDAS ENERGICAMENTE POR EL PAPA FRANCISCO, a quien no podría afrentarse mas malamente.
  3. E)   También aquí radica un solidó reproche por condonación de multas y otras sanciones que ameritaba la desdichada gestión letrada de la H. CÁMARA, que discutió el caso OMITIENDO SU REAL Y GENUINA PERTENENCIA E IDENTIFICACION                 CON EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS INCURRIENDO EN PREVARICACION, para tratar de conseguir así un pronunciamiento judicial no tan solo viciado por su escandalosa demora, sino                                                                               además, exento de todos los atributos de una sentencia auténticamente jurídica y digna del Estado de derecho por falta de motivación, de consideración a las circunstancias ni a las consecuencias SOBRE LA PERSONA Y LA SOCIEDAD Y EL ESTADO PORQUE SE TRATA DE UN SUJETO DE ALTISIMA ESPECIALIZACION CON UN RESPETABLE HISTORIAL ACADEMICO, EN DOCTRINA, INVESTIGACION Y SERVICIOS DOCENTES Y PARA LA ADMINISTRACION EN UN AREA DE ESCASOS CULTORES DE DONDE SE LE HA DESPRENDIDO TORPEMENTE.
  4. F)   Sin perjuicio del desafió a principios inherentes a la buena administración y la responsabilidad jerárquica cuando, increíblemente, para la gestión judicial en la que se debatía sobre el irrespeto al principio de no discriminación, se la encomendaba a abogados que tampoco debieran en opinión de ellos mismos, mantenerse en actividad. Sumase, entonces, a la violencia de los ceses contumaces, persecutorios, con su generación de sufrimiento e incertidumbre,
  5. G) GRAVISIMA EXCLUSION DISCRIMINATORIA POR LA EXCUSA DE LA EDAD, NEGACION DEL DERECHO HUMANO A LA CONTINUIDAD EN EL EMPLEO, A SU PERTENENCIA EN CASO DEL EMPLEO PUBLICO, en addenda GARANTIZADOS EXPRESA Y ENERGICAMENTE POR D. N. U . 883 . 02 QUE ESTABLECE PARA TODA LA ADMINISTRACION EL IMPERATIVO DE ELIMINAR TODAS LAS CAUSAS DE INCREMENTO DE LA DESOCUPACION, en VIOLACION DELICTUAL A TRATADOS, A GRANDES PACTOS, A CONVENCIONES y declaraciones internacionales de DERECHOS HUMANOS, POR ENDE DE JUS COGENS, operativos directamente, supremos por su imperatividad, imprescriptibles y dotados de universalidad y generalidad respecto a todas las circunstancias del mundo jurídico..Donde cabe la instancia de Humanidad, de generosidad, de pro homini, y el respeto a la integridad sobre todo frente a un titular – sin falso rubor -digno de la mayor consideración, independiente, activo propulsor de justas causas en doctrina y como amicus curiae en cuestiones de derechos humanos y de interés publico.
  6. H)    De ahí SEA RECLAMADO, JUSTICIERAMENTE, Y PARA EVITACION DE MAS LIDES TRIBUNALICIAS, ADEMAS DE LA REINCORPORACION, EL HASTA AHORA
  7. I)   FRUSTRADO RECALCULO DE TODAS LAS VERTIENTES CONCURRENTES A PRODUCIR LA PERTINENTE INDEMNIZACION QUE HAGAN UTIL A LA SENTENCIA y la LIQUIDACION Y ABONO DE LAS SUMAS POR CONCEPTO DE DIFERENCIAS DE SUELDOS 1992-2000 avaladas por el DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION con ajuste a lo dispuesto por la L.C.T. sobre despido agravado,
  8. J)   Y, por su efecto sancionatorio tanto como disuasivo y ejemplarizante, también 0MITIDO ARTERAMENTE el importe de las MULTAS por conducta obrepticia, con intereses, conforme CNP,
  9. K)   Donde está pendiente de investigación un accidente sufrido en sus funciones por el autor, solitario, exento de apoyo gremial, político ni de los medios, cuando se le invitara a visitar el despacho de un diputado por una puerta que daba al vacío…de lo que salio, afortunadamente, con fractura leve de columna al caer a través de construcciones entre los pisos 12 y 13.
  10. L) Para dar solución al caso, con la urgencia que imponen la edad y las otras circunstancias, el autor ha propuesto su caso para ante presidencia de la H. Cámara de Diputados de la Nación, incluso mediante cartas documento que han sido rechazadas tan inocentemente y por el sibilino procedimiento de recurrir al apoderado, donde
  11. M) Admiten, con su silencio respecto a puntos clave del reclamo, POR AQUIESCENCIA, JUSTAMENTE, SU RESPONSABILIDAD, impetrada, ahora bajo el imperativo del estoppel, formulación de derecho internacional que acoge con todo su valor a la doctrina de los actos propios como así también a la IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS ACTOS ILEGITIMOS Y DE LOS DAÑOS CONTINUADOS, como en el caso ocurre, cuando la respuesta favorable de la Administración esta habilitada por sólida jurisprudencia y práctica, incluso provenientes de la CIDH lo que ha sido detalladamente expuesto en carta documento para que cese esta aberrante situación de abuso de poder de dominación,
  12. N)  DE CREACION CONTINUADA DE DESEMPLEO,
  13. Ñ) Con el empecinamiento en mayor endeudamiento por la HCDN. que fuera previsto oportunamente por autoridades propias y por el Defensor del Pueblo de la Nación. Después de tan corajudas actuaciones, se extinguió el funcionamiento del D.d P
  14. O)   Para QUE CESE EL RUIN PROCEDIMIENTO ESTRATEGICO DE NO PAGAR, especulativo, con el agotamiento o con la muerte. Porque el, que es un hombre tan pobre como estudioso y que no tiene siquiera casa propia.
  15. P)    HA SIDO PRIVADO DE SU SUELDO de trabajador intelectual – por ende de su DIGNIDAD – DE SU OBRA Y CONDICION SOCIAL, DE SU AFILIACION GREMIAL Y DE SU PROYECTO DE VIDA. Como concebir mayor degradación creada deliberadamente y que ella no tenga sin mas prueba, compensación y también la consiguiente sanción para los culpables asociados, en banda, para quienes pueden estar abiertas las puertas del presidio por protagonistas de plan criminal signado de imprescriptibilidad.
  16. Q)   Porque a la pena colectiva que ellos han ideado para un grupo de buenos funcionarios sancionados ilegítimamente por su edad, se agrega.
  17. R)   la sucesión de ceses violatorios de AMPAROS que hacían lugar al derecho del trabajador, y sumaban, contemporáneamente, a
  18. S)  Actuaciones judiciales preñadas de artificiosas maniobras – casi doscientas providencia, sentencias y resoluciones – dirigidas a crear demora fuera de todo plazo razonable – deni de justice – lo que invalidaría, per se – excepto en punto a la ilegitimidad decretada – a todo el pronunciamiento .
  19. T) Que, de resultas y por efecto de coacción y la amenaza siempre pendiente de apelaciones y chicanas, hubo de aceptar, en el colmo del agravio a su dignidad, presionado y entonces con una seria afección cardiaca, un pago irrisorio, agraviante, por 10.000 pesos con intereses, etc. y pérdida de porcentaje y períodos para la jubilación, reducida infamemente. Novelesca y aun truculenta, tal es la verdad, cuasi cinematográfica, del entuerto que ha devenido, además, en perdida de confianza en la Justicia.
  20. U)    Que tiene trámite en la CIDH por múltiples violaciones a la Convención – Pacto de Costa Ricas también por
  21. V)   Increíble amenaza, desquiciante, audaz, cobijada, en su impunidad, – emitida por apoderado – , de iniciar acciones legales contra el autor por ejercer su defensa con tanta persistencia y energía …Es que estamos, como siempre, en salvaguardia del derecho y de las garantías a ínfimas pero valiosas fortunas de origen alimentario y, por ende privilegiado, que aun dormidos o despreciados, no estarán jamás perdidos .. En un caso donde, en ocasión de uno de los ceses habidos CON VIOLACION DE BIS IN IDEM, decíamos, en gestión de AMPARO, exitosa, “ el peligro en la demora deviene de la circunstancia compleja integrada con la pérdida del salario y también de la jubilación ordinaria ante la in tempestividad, la extemporaneidad y la inadecuación de la medida y de todo orden de indemnización o de subsidio con lo que, obviamente desaparece la fuente de mi condición de trabajador, de persona, de ciudadano de un orden democrático donde se produce impiamente la quiebra, entre otros, del principio de progresividad consagrado desde la Declaración de los Derechos Humanos de PARIS, 1948 QUE ES PARTE DE NUESTRA CONSTITUCION Y QUE NO ADMITE UNA ALTERACION DESFAVORABLE EN EL NIVEL DE VIDA. “

Pobre Argentina III. CIRCUNSTANCIAS DE VIVO RIESGO asumidas con desaprensión y bajísimo estándar de técnico y ciencia jurídica, en particular en términos de derecho internacional y comparado, como cuando, ignorando sustantivos componentes del trámite y consecuencias de institutos del derecho regulador del mundo bursátil en los EEUU, los agentes argentinos cayeron en el albur de defenderse, sin inteligencia ni criterio para elegir a sus abogados, de tan peligrosas amenazas para el deudor – sobre todo para el deudor empedernido – como la CLAUSULA RUFO y el PARI PASSU con fundamento en el principio general y UNIVERSAL de igualdad que les otorga supremacía sobre estipulaciones bilaterales al estilo de los bonus 2005, 2010 como la cláusula de aceleración que protege para adelantar la fecha de los pagos, en todas las operaciones como delivery que autoriza a la persecución de todos los bienes del deudor, como cross default que permite arrastrar a default a esa misma masa, etc. Sin perjuicio de la absoluta supremacía judicial, del estare decissis, del precedente, de las distinciones cuando el juez prefiere no atender a ellos creando nuevo derecho, equity, etc. y, además, del perverso sistema adoptado tradicionalmente por los gobiernos que han concedido, con el inmenso disvalor y perjuicio para los intereses patrios que ello implica, la anulación, pérdida, extinción, de la soberanía por el obsceno procedimiento que consiste en la prórroga de la jurisdicción argentina ante cantidad de otros Estados, la negación de su Constitución y de sus leyes y de la majestad de sus tribunales, e, incluso renunciando por anticipado a recursos ante ilegitimidades de la contraparte, lo que constituye agravio constitucional autónomo, penalmente reprochable e indigno del Estado de derecho y de sus instituciones. V. g. el premencionado Acuerdo con CHINA.

       Pobre Argentina   IV. El abandono de posiciones en consideración al pueril recurso a la espera de llegada de cierta fecha – enero 2015 – ofertado desde la cláusula RUFO, no tiene desperdicio. Es que, no puede confiarse, tan crédulamente en que, por el vencimiento de un plazo fijado en un documento comercial pueda tan fácilmente elaborarse jurídicamente la caducidad o la postergación de DERECHO IMPERATIVO tutelar del trato igualitario y de la no discriminación hostil a los derechos humanos, como el emanado a raíz del reconocimiento del jus cogens arts. 53 y 64 del Tratado de los Tratados, Viena, 1969.de vigencia universal Al menos en punto al dominio o al desconocimiento en lo que atañe a la jerarquización normativa, de orden general y universal, en la cúspide de las consideraciones formales y también axiológicas, para determinar en cada caso cual es la juridicidad imperante, atendiéndose hoy al nuevo contexto de legalidad operado a partir de la vigencia del orden normativo según el articulo 75, inc. 22 de la Carta Política de 1994 Y es nuestra opinión, adelantada y vertida en cantidad de oportunidades, que los efectos de la cláusula que impone el tratamiento igualitario para todos los titulares de las acreencias no se agotan en el término establecido en los papeles porque por encima y mas allá,- C. Viena, art. 27 – rigen principios generales del derecho, concernientes a la cultura del derecho internacional de los derechos humanos entre los cuales destaco pro homini, no discriminación, propiedad, IGUALDAD, analogía, buena fe, estopel, contenidos y vigentes desde grandes convenciones, desde la Tríada, y, sustantivamente en el art. 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, que es parte de la Carta de la O. N. U .

ADEMAS, no caben – al menos con la agresividad que caracteriza a las expresiones ministeriales – los términos politicistas y exentos de rigor técnico cuando los jueces del foro norteamericano se pronuncian. Porque ellos son, también, impresionables. También PUEDEN CREAR DERECHO Y HACER DISTINCIONES y, como el juez Griessa, pueden ser humanamente irritables, lo que ha traído consecuencias que sería juicioso tratar de conjurar, incluso para salvaguarda del derecho a defensa de pequeñas fortunas de origen alimentario, privilegiado, que aun cuando dormido, jamás estará perdido.

Y, porque , así como en el decir del egregio JULIUS GOEBEL autor de LA PUGNA POR LAS ISLAS MALVINAS, “ el derecho internacional es un tesoro demasiado preciado para que el sea corrompido por los afanes colonialistas de nación alguna”, es también apodíctico para los derechos, libertades, intereses legítimos y garantías que ESE DERECHO AMPARA POR SER DE JUS COGENS Y SER INDIVIDUALES Y SOCIALES SUS TITULARES Y, POR TODO LO CUAL, NO PUEDEN SER REGULADOS SINO PARA SU PROMOCION, PROFUNDIZACION Y GENERALIDAD MAS AMPLIAS, SIENDO ILEGITIMO TODO INTENTO DE SU DESGUACE O DE SU LIMITACION.

  1. CONSECTARIO

EN VISPERAS DE ACELERACION, TAMBIEN, DEL PROCESO ELECTORAL, Y,                                                                                             CUANDO DEL SABER ACERCA DE LOS CANDIDATOS ES CRUCIAL PARA EL CIUDADANO INDEPENDIENTE, NO INDECISO, SINO PENSANTE, PARA EL CUAL HAN SIDO NUESTRAS CAVILACIONES,Y HACIA QUIEN ESTAN DIRIGIDOS LOS DOCUMENTOS DE CONCIENCIA INDEPENDIENTE,                              DIGO,

         QUE no comprometa demasiado tempranamente su voto ni su apoyo, porque no es cuestión de mero subjetivismo preferencial, o de amistosidad fácilmente conquistada por el impacto mediático aquello en que radica el destino de todos,

           QUE conviene, a tales efectos, forme usted el repertorio de preferencias de gestión de la cosa publica, por su importancia, a manera de una encuesta privadísima y razonada, o sea, sobre los temas de la seguridad material y jurídica, la educación, el patrimonio burlado a los jubilados, a los trabajadores, los problemas del desempleo incluso por cesantías con razones políticas, el bienestar de la sociedad en su conjunto, la energía y su atroz despilfarro, el auge del narcotráfico, de la corrupción, de la deuda externa con su secuela de miseria y sumisión a poderes extraños en cuyos tribunales y con cuya legislación se ha admitido se resuelvan los litigios que resultan así de diagnostico negativo y tantas otras cuestiones de interés publico que merezcan su interés, y

         QUE, FINALMENTE, ERIGIENDOSE EN PESQUISA HONESTO DE SU PROPIO FUTURO, CONSULTE A CADA CANDIDATO ACERCA DE QUE HA HECHO A LO LARGO Y ANCHO DE SU CARRERA, DE SUS ACTIVIDADES – NO LO QUE EL O ELLA PROMETE HACER – POR EL TRATAMIENTO PARA DAR SOLUCION O CONJURAR EN ALGUNA FORMA A LAS DIFICULTADES INHERENTES EN CADA CIRCUNSTANCIA SOBRE TALES CUESTIONES, SI HA ESCRITO O REGISTRADO SUS OPINIONES, SI HA PARTICIPADO EN INSTANCIAS ACADEMICAS, POLITICAS O SOCIALES PARA DEBATIR LOS PROBLEMAS, SI HA ELABORADO Y-O PRESENTADO PROYECTOS, COMUNICACIONES O COLABORACIONES DIRECTAS O PERIODISTICAS, SI HA INTERVENIDO DE ALGUNA MANERA EN ACTIVIDADES EN O . N. G .s O en otros medios de participación comunitaria, como en pos de salvaguardia ambiental, contra el auge del juego, de la desigualdad, del destrato a los mayores, a la mujer, a los pueblos originarios, DE ABANDONO A LOS JOVENES de las exenciones tributarias que crean miseria, como al rédito financiero, a la minería depredatoria, a la pesca, al juego, etc. Sin perjuicio de alertar a los candidatos respecto de cuestiones pendientes de atención legislativa tales como lo concerniente a la cancelación de soberanía de nuestros tribunales, su implicación con la pérdida de soberanía política por consecuencia de las acreencias internacionales bajo la ruin política que consiste en pagar solo los intereses para caer en la desnaturalización de los fines del Estado, convertido en mero ámbito del poder financiero cuyo lucro se ceba así, con una deuda eterna, con el anatocismo, en las tasas de interés exorbitantes gestadas desde la F.E.D. y la fraudulenta tasa. LIBOR. Niéguese, entonces, el acostumbramiento a vivir de prestado, como ocurre inconstitucionalmente, incluso para los gastos corrientes de la Administración. SERA JUSTICIA.

Enero de 2015
Dr. Camilo Hugo Rodriguez Berrutti
República Argentina
Correo electrónico: [email protected]; [email protected]
Sitio Web: www.rodriguezberrutti.com.ar
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Ante la crisis del sistema y de la oposición en el proceso electoral. Un andarivel para la solidaridad y la lucidez de juicio. https://www.rodriguezberrutti.com.ar/341/ante-la-crisis-del-sistema-y-de-la-oposicion-en-el-proceso-electoral-un-andarivel-para-la-solidaridad-y-la-lucidez-de-juicio/ Thu, 25 Jun 2015 01:28:47 +0000 http://www.rodriguezberrutti.com.ar/?p=341 Cuando asistimos a un arduo debate que debiera conducir – pero no es así – al logro, por instalación de un sistema coherente, pacifico, inteligente, de los beneficios generales por vía de la buena administración, exenta de los vicios del exceso de poder, del despilfarro, de la corrupción;

Mientras, los partidos anarquizados e indiferenciados muestran que las energías, en política de oposición, en gobierno, en periodismo, en opinión pública, se aplican impunemente a fines y con objetivos ajenos a la perfectibilidad del acontecer social y se consagra el predominio del hedonismo, de lo trivial y aun de lo criminoso por encima de consideraciones éticas, morales y también jurídicas postergando lo esencial por lo más conveniente y lo más práctico;

habiendo puesto a prueba nuestra aptitud para discernir, resolver y asumir en la lucha en situaciones precisas y decisivas, acerca de la defensa de Grandes Principios y de Valores y sus garantías, como en ocasión del histórico triunfo de la ciudadanía protagonizando el rechazo institucional a la propuesta espúrea de reformas a la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, pretendiendo instalar el continuismo de Cafiero; cuando a la vanguardia de los INDEPENDIENTES derrotamos con el NO al P.J., a la U.C.R. y al P.I. coaligados (1996); cuando ejerciendo la misión tutelar del interés público, del derecho de todos a ser tratados con igualdad – un hombre, un voto, elecciones auténticas, sin fraude, sin abuso del poder de dominación – incoamos una acción llevada hasta la C. Interamericana de Derechos Humanos impugnando a la candidatura y a la elección de C.F.K. para el Senado de la Nación por nuestra Provincia de Buenos Aires, debido a los defectos, vicios, ilegitimidad, acumuladas en el proceso que el legislador nacional y la Constitución y los grandes Pactos Internacionales han señalado que debe estar revestido de real autenticidad y pureza. Lo que no aparece aceptado en el caso C.F.K. quien fuera designada autocrática y directamente por su consorte-presidente configurando una atroz violación al Principio Federal (C.N. Art. 122) – que continúa desprejuiciadamente – porque está impedida la intervención de las autoridades del PEN en la Selección y designación de los funcionarios provinciales, agravado por la comisión, evidente, del grave y feo delito de nepotismo. Agrégase al dislate, que la imputada no tenía domicilio en la provincia y que, ni siquiera figuraba en sus padrones electorales.

Algún otro elemento indicativo para nuestra propia definición: actividad en carácter de AMICUS CURIAE para en ocasiones donde es clara la vigencia del JUS COGENS, componente del Derecho Internacional que valida con carácter imperativo y operatividad a los derechos humanos y a sus libertades y garantías, contribuyendo a presentaciones de terceros ante la Justicia en casos de la materia electoral, – U.C.R./P.S. en prov. de Buenos aires – C.R.B./C.F.K. ídem – civil, laboral, ambiental, – un libro – de deuda externa, – profusión de estudios – con más de trescientos títulos publicados e inéditos, incluso libros. Con más de treinta años de función profesoral, investigador científico y asesor legislativo.

He aquí nuestras credenciales, entonces, para asegurar razonablemente al electorado INDEPENDIENTE, pautas de comportamiento a la búsqueda del logro estratégico que consiste en dar cauce al imperativo constitucional, plausible y necesario de la IDONEIDAD como filtro de lógica e institucionalidad para el desempeño de la función pública, porque en todos los agentes del poder debe resplandecer la aptitud, la rectitud, la eficacia, la experiencia, probadas, para que nadie vaya o venga para aprender o disfrutar indebidamente de un cargo a expensas del bienestar de todos y cese el auge de los advenedizos. Porque todos y cada uno está protegido – hoy más que nunca y por estar incluidos en tratados – por los Derechos Humanos hasta de cuarta generación y también desde los principios generales del derecho – porque así lo ha querido el constituyente al incluir en la Carta Política la prerrogativa que les acuerda supremacía por sobre las leyes del Congreso de la Nación (art. 75. inc. 22).

Con tales armas, que le fortalecen para exigir en plenitud todo cuanto atañe a su dignidad, a la de su familia, al goce de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y cívicos, – y a sus futuros gobernantes que sean capaces y probos, debiera el INDEPENDIENTE mujer y hombre pensantes, no indecisos – porque justamente constituimos el segmento de la comunidad más firmemente arraigado a aquellos principios y a las buenas costumbres, a las tradiciones patrióticas, al querer vivir colectivo en tiempos de conflictividad social.

Para Producir la guía de su propio comportamiento, que no debe estar exento ni inhibido para intervenir en el control del poder; está señalado como consectario:

  1. Perseverar en la condición de observador crítico, – ojo de lince – con la módica indulgencia pero también crítica y lo más certera posible postura para el sermón o el consejo, según corresponda al candidato que se oferta, en el culto, aquí y ahora, del principio precautorio.
  2. Abstenerse hasta el último momento – antes de las ELECCIONES de Octubre – de todo compromiso por razón de amistad, gratitud, concupiscencia, u otros sentimientos que no hacen a la cuestión de que la democracia se construye cumpliendo con la Constitución, con los tratados y con las leyes, liberado el ciudadano de cualquier modalidad de sumisión.
  3. Comprobar – al menos intentar hacerlo – de las siguientes circunstancias, a saber:
  4. Si quien/es piden tu voto se han comprometido en la lucha contra el pago de la deuda externa ilegítima y fraudulenta; la investigación y sanción a sus responsables.
  5. si han participado en alguna forma a efectos de salvaguardar bienes sociales o individuales, como mediante HABEAS CORPUS, AMPAROS, ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA, AUDIENCIAS PÚBLICAS, MOVIMIENTOS SECTORIALES, DEFENSA DEL CONSUMIDOR, etc.
  6. si se han pronunciado a favor o en contra de la ley de los Hielos y Protección de los bosques, del ambiente y el riesgo masivo de las papeleras y de las minerías, pueblos originarios y otras;
  7. si han presentado proyectos fundados a propósito de cuestiones de Estado, de interés regional, u otros, como acerca de minorías, discriminación, etc.
  8. Si han participado en actividades científicas, políticas, populares e internacionales a la búsqueda del bien común, en la reflexión o en la protesta en apoyo a justas causas de la Patria (Malvinas, prensa, salud, finanzas, economía agraria, petrolera, extranjerización, etc.)
  9. Si han estudiado mínimamente los contenidos que, desde los principios generales del derecho, determinan cual sea el plexo – directriz jurídica insoslayable – para el comportamiento de los Estados y de los hombres, para liberarlos del miedo y de la miseria, a saber:

Igualdad, progresividad, pro homine, buena fe, legalidad, proporcionalidad, libre elegibilidad, pro laboratori, solidaridad, protector, dignidad, analogía, abrogación, no contradicción, estoppel, derechos adquiridos, integralidad (del mundo jurídico), razonabilidad, precautorio, defensa, derecho propio al empleo, informalidad, verdad objetiva, sustentabilidad, equidad, justicia. Cuando existe la necesidad dominante de extirpar hasta los gérmenes disvaliosos del despotismo y de la corrupción. Principios y valores enraizados todos en el conservadurismo – en el mejor sentido del término – dinámico, hominizante, moderno, que encuentra su razón de ser jurídica y moral en los nuevos desarrollos progresivos del Derecho Internacional protegido por la carta de las Naciones Unidas y en la doctrina social de la Iglesia y cuando ese derecho internacional creado por las grandes potencias para proteger sus intereses ha mutado a una misión trascendente que privilegia al individuo, a sus derechos, libertades y garantías por encima de todo y para lo que es preciso su conocimiento y promoción. ESA ES NUESTRA CAUSA. LA FIEL REPRESENTATIVIDAD. Para proteger dar a cada uno lo suyo.

Por todo lo cual y a esta altura del acontecer político, A NADIE CORRESPONDE TODAVIA EL PRONUNCIAMIENTO DE LOS INDEPENDIENTES, QUE NO SON BUENA PRESA PARA NADIE. Que, si no les está dado elegir directamente a los titulares del poder no desdeñan, en cambio, erigirse en severos controles populares mediante su voto meditado con el apoyo de conciencia independiente. Absolutamente independiente de toda vinculacion o ingerencia partidocratica, aunque con un compromiso junto al interés histórico – político con la idealidad que propugna a un genuino progresismo.

Juliode 2011
Dr. Camilo Hugo Rodriguez Berrutti
República Argentina
Correo electrónico: [email protected]; [email protected]
Sitio Web: www.rodriguezberrutti.com.ar
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